Ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de patrimonio histórico etnológico marítimo, para el mantenimiento de casas payesas y para apadrinamiento de patrimonio en el ámbito territorial de Eivissa, año 2010.

Código de ayuda:

S23682/10

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria se rige al amparo de aquello que a continuación se dispone y de conformidad con el vigente presupuesto del Consell Insular de Eivissa, así como supletoriamente por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo
común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones y el Real Decreto 887/2003, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Las personas propietarias y/o usuarias de las embarcaciones que acrediten cualquier título que las legitime para hacer la solicitud.

2. Las personas propietarias de los inmuebles que se quieren mantener o recuperar y las personas usuarias y poseedoras del bien que acrediten cualquier título que los legitime para hacer la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para el mantenimiento y la recuperación de patrimonio histórico etnológico marítimo. Se contemplan las siguientes reparaciones y trabajos de mantenimiento:
- Puesta en dique seco para el proceso de secado de la madera, incluyendo grua/transporte y varador.
- Pintado y protección de la madera.
- Rascado y pintado de la madera.
- Calafateado.
- Reparación de la orla
- Cambio de piezas de madera podridas.
- Cambio de forro.
- Reclavado y sustitución de puntas de hierro.
- Mantenimiento y reparación de la arboladura y las velas de algodón.
- Sustitución de poleas, escotas y cabos, guindalezas y remos.

2. Ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de casas payesas de Eivissa. Para aclaración, se reproduce lo que se entiende por mantenimiento y recuperación en la memoria técnica:

Mantenimiento:
-arcillado de los tejados.
-encalado con cal, almagre (rojo o amarillo), azul de las paredes, rodapiés pintados, etc. tanto en interiores como en exteriores.
-reparación de los descascarillados o desconchados de los enlucidos de los muros.
-reposición y reparación de los redondos o parte superior de los muros y de los canalones de desagüe y de las cañerías que llevan el agua a la cisterna.
-reparación y almagrado de la cisterna o cisternas de la casa.
-mantenimiento de los elementos de madera de la casa (puertas, ventanas, barreras, rejas, barandillas, pasamanos, etc.).
- reparación de paredes envolventes de la casa

Recuperación:
Eliminación o sustitución de intervenciones menores o no adecuadas o de sus efectos. Las intervenciones consideradas menores son aquellas que no afectan a la estructura del inmueble. Intervenciones destinadas a la recuperación de casas payesas pueden ser:
- la eliminación y/o substitución de estructuras adosadas, superpuestas, apoyadas, etc. al edificio original y levantadas con materiales, sistemas constructivos o con una concepción claramente no ajustada a la tradición constructiva de las Pitiusas.
- la eliminación o substitución de las estructuras que, sin estar en contacto directo con el edificio original, están en las cercanías, afectando a las visuales y el aspecto general de la casa.
- la eliminación de los enlucidos hechos con materiales no tradicionales.
- la reparación de cubiertas: la retirada y reposición de elementos de las cubiertas (vigas o jácenas deterioradas, arcilla, algas, carbonell, etc.).
- la reparación de los muros del edificio o del cercado o corrales inmediatos atacados por la erosión o por intervenciones no adecuadas.
- la sustitución de cubiertas ligeras no tradicionales por otras ajustadas a la tradición, especialmente en pórticos y porches, etc.
- la reparación de las intervenciones realizadas en el edificio original en que no se utilizaron los materiales o técnicas tradicionales.
- otras que se tomarán en consideración en cada caso.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento