Ayudas economicas para el mantenimiento de casas payesas de Formentera.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S29237/11

Norma:

Formentera, a 11 de mayo de 2011. Formentera, a 19 de mayo de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el mantenimiento y la rehabilitación de casas payesas, con la intención de que se puedan beneficiar los propietarios y usuarios de aquellas viviendas tradicionales que se han mantenido al margen de intervenciones modernas poco adecuadas.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones estará limitada con un máximo del 50% del presupuesto total solicitado y previsto para la ejecución de las obras y el mantenimiento o la recuperación del bien inmueble. En todo caso, el importe máximo de las ayudas individuales será de 10.000 euros, y excepcionalmente, de 15.000 euros en los casos de sustituciones de cubiertas que impliquen proyecto y licencia de obra mayor, dado el incremento de gastos que supone este hecho .

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas propietarias de los inmuebles que son objeto de subvención o los titulares de derechos reales sobre los citados inmuebles y los arrendatarios de los mismos siempre que acrediten
la conformidad de la propiedad con las obras a realizar.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán aquellas obras menores, definidas como tales en el artículo 7.2 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de las Illes Balears y, en concreto, las obras de mantenimiento y/o de recuperación descritas a continuación y, excepcionalmente, también las obras de reparación de
cubiertas, incluidas las sustituciones de vigas, que ya suponen obra mayor. Por mantenimiento se entenderá la conservación y la reparación de los siguientes elementos:

• Cubierta

• Impermeabilización con arcilla u otros sistemas (en cubiertas planas)

• Cambio de tejas (en cubiertas con vertiente)

• Sustitución de elementos interiores: vigas, jácenas, ‘tegell’ y ‘mitjans’

• Reparación integral de cubierta con mantenimiento de todos los elementos y sistemas originales (vigas, jácenas, ‘tegell’ y ‘mitjans’, alga, ‘carbonell’ y arcilla o tejas)

• Reposición de los canalones de desagüe (en cubiertas planas)

• Muros

• Reparación y consolidación de muros del edificio y del ‘tancó’, así como de los corrales inmediatos

• Reparación de descascarillados y ‘escrostats’ de los revestimientos

• Enlucidos interiores y exteriores (con cal, almagre roja o amarilla, azulete de las paredes, rodapiés pintados, etc.)

• Pavimentos

• Reparación y reposición de los pavimentos originales (de baldosa cerámica, hidráulica, losas de piedra o ‘trespol’)

• Carpintería

• Conservación y reparación de otros elementos de madera, además del envigado: dinteles de aberturas, puertas, ventanas, barreras, barandas, etc.)

Por otra parte, la recuperación consistirá en la eliminación o la sustitución de intervenciones menores o no adecuadas o de sus efectos. Se consideran menores aquellas que no afectan a la estructura del inmueble. Por lo tanto, se considerarán intervenciones destinadas a la recuperación de casas payesas:

• Eliminación y/o sustitución de estructuras adosadas, superpuestas, apoyadas, etc., al edificio original y levantadas con materiales, sistemas constructivos o con una concepción claramente no ajustada a la tradición constructiva de las Pitiusas.

• Eliminación o sustitución de estructuras que sin estar en contacto directo con el edificio original están en las cercanías, afectando las visuales y el aspecto general del conjunto.

• Eliminación de referidos hechos con materiales no tradicionales.

• Sustitución de cubiertas ligeras no tradicionales por otras ajustadas a la tradición, especialmente en enramadas y porches, etc.

• Sustitución de intervenciones realizadas en el edificio original en que no se utilizaron los materiales o las técnicas tradicionales.

• Eliminación de pavimentos modernos que cubran los originales.

• Otras intervenciones que se puedan tomar en consideración en cada caso.

Requisitos:

1. Las casas deben ser de construcción rural antigua, hechas con elementos y procedimientos tradicionales.

2. Deben estar incluidas en el Catálogo o en el Inventario del Patrimonio Cultural de Formentera.

3. No pueden haber sufrido reformas anteriores poco adecuadas que la dañen o desvirtúen sin remedio.

Documentos asociados

Boletín: 19/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 77
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 28/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento