Ayudas económicas para el mantenimiento de bibliotecas publicas en la isla de Eivissa durante el año 2010.

Código de ayuda:

S31455/10

Norma:

Acuerdo de 30 de abril de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mantenimiento y gestión de las bibliotecas de Eivissa durante el año 2010, con la intención de lograr cualquiera de los siguientes objetivos:

a) Mantener actualizado el fondo bibliográfico y audiovisual de las bibliotecas.
b) Dotar de mobiliario adecuado los servicios bibliotecarios.
c) Permitir el acceso a la información sea cual sea su soporte, impulsando la presencia de las nuevas tecnologías en las nuevas bibliotecas como punto de acceso a la información.
d) Fomentar los hábitos culturales, entre ellos, y sobre todo, el de la lectura.
e) Proporcionar a los ciudadanos un recurso de ocio y recreo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Modalidad A):
El importe máximo de las ayudas a cada biblioteca será de 17.000 €.

Modalidad B):
El importe máximo de las ayudas a cada biblioteca será de 4.500 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.
Asociaciones legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos,
culturales y de cualquier otro tipo, que ya tengan una biblioteca integrada en la Red.

Modalidad B): Bibliotecas municipales.
Ayuntamientos de Eivissa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A):
- La adquisición de fondo bibliográfico y o/audiovisual.
- La adquisición de mobiliario para la biblioteca.
- La adquisición de equipos informáticos y de reproducción audiovisual y multimedia para la biblioteca, que garanticen el acceso a la información y a los contenidos de la biblioteca.
- El pago del personal bibliotecario.
- La promoción y la animación de la biblioteca.
- El propio funcionamiento de los servicios bibliotecarios: material de oficina, cuota de conexión a Internet, etc.

Modalidad B):
- La adquisición de fondo bibliográfico y o/audiovisual.
- La adquisición de mobiliario para la biblioteca.
- La adquisición de equipos informáticos para mejorar la automatización de los servicios bibliotecarios.
- La promoción y la animación de la biblioteca.

Requisitos:

Modalidad A):
1. La plena integración y el compromiso de continuidad en la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa siguiendo el marco normativo que establece el Reglamento de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa y Formentera (BOIB núm. 92, 01.08.2002).

2. El compromiso de tener personal cualificado responsable del funcionamiento.

3. El compromiso de tener las bibliotecas abiertas al público un mínimo de 15 horas semanales, preferentemente por las tardes.

4. Deberá mantener expuestos los carteles que proporciona el Departamento de Política Educativa y Cultural dónde consta el nombre de todas las instituciones colaboradoras de este servicio.

5. Contar con un espacio individualizado, adecuado y autónomo de cualquier otro servicio, no relacionado con la actividad de la biblioteca.

6. Comunicar con antelación al Centro Coordinador de Bibliotecas cualquier actividad extraordinaria que se lleve a cabo en la biblioteca.

7. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el propio Consell Insular d’Eivissa.

Modalidad B):
1. Mantener la Biblioteca Municipal abierta al público un mínimo de quince horas semanales.

2. Contar en plantilla, al menos, con un/a auxiliar de biblioteca o un/a bibliotecario/aria.

3. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el propio Consell Insular d’Eivissa.

Documentos asociados

Boletín: 11/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento