Ayudas economicas para el acceso de personas mayores a comedores para el año 2014, asi como el procedimiento para la seleccion de entidades colaboradoras en la gestion de las mismas.
Código de ayuda:
S38246/14Norma:
ORDEN FORAL 428/2014, de 25 de junio.Plazo de Solicitud:
Personas ya usuarias: Hasta el 26 de agosto de 2014; Nuevo usuarios: Un mes desde el inicio de la asistencia al comedor.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas económicas para facilitar el acceso de personas mayores a comedores.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Derechos Sociales (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda estará en relación con la capacidad económica del solicitante y el número de miembros de la unidad familiar, según el baremo que figura a continuación:TRAMO DE RENTA PER CAPITA ANUAL
(1 miembro en la unidad familiar) CUANTÍA DE LA AYUDA
De 0 a 7.000,00 euros 3,00 euros/día
De 7.000,01 a 9.600,00 euros 1,00 euros/día
Desde 9.600,01 euros 0,00 euros/día
TRAMO DE RENTA PER CAPITA ANUAL (2 ó más miembros en la unidad familiar) SUBVENCIÓN
De 0 a 7.000,00 euros 3,00 euros/día
De 7.000,01 a 10.200,00 euros 1,00 euros/día
Desde 10.200,01 euros 0,00 euros/día
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas mayores y sus cónyuges o parejas estables y personas asimiladas a la persona mayor.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La comida principal de los días laborables disfrutada en los locales de la entidad colaboradora. Excepcionalmente, podrá ser objeto de ayuda el servicio prestado en fines de semana y festivos.Requisitos:
a) Acreditar residencia efectiva y continuada en la Comunidad Foral de Navarra.b) Ser pensionista de jubilación e invalidez y tener 60 años cumplidos.
c) Ser pensionista de viudedad y tener 55 años cumplidos.
d) Ser autónomo para desenvolverse en el comedor.
e) No presentar problemas graves de comportamiento que alteren la normal convivencia en los establecimientos.
Excepcionalmente podrán concederse estas ayudas a aquellos solicitantes que, a pesar de no reunir los requisitos señalados, se acredite mediante informe social la necesidad de percepción de la misma.
Documentos asociados
Boletín:
25/07/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 145
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 145
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento