Ayudas economicas para deportistas de alto nivel durante el año 2009 - Convocatoria - Modificación de la cuantía.

Código de ayuda:

S55964/09

Norma:

RESOLUCION VCP/2221/2009, de 29 de julio. RESOLUCION VCP/2267/2009, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo, mediante la concesión de ayudas económicas a los y las deportistas catalanes de alto nivel durante el año 2009, con el fin de facilitarles la consecución de los objetivos deportivos que tienen marcados para conseguir el nivel más alto de competición deportiva, que es lo que se llama deporte de alto nivel.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Consejo Catalán del Deporte (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía económica destinada a cubrir ayudas será de 875.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 480.001000/4440 del presupuesto del Consejo Catalán del Deporte de la Generalidad de Cataluña del ejercicio 2009.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Pueden resultar beneficiarios y beneficiarias de las ayudas económicas objeto
de regulación por estas bases, los y las deportistas de alto nivel que hayan obtenido la condición de deportista de alto nivel durante el 2009.

De acuerdo con el artículo 17.b) del Decreto 337/2002, de 3 de diciembre, tiene la condición de deportista de alto nivel la persona que figura en las listas que aprueba semestralmente la Presidencia del Consejo Catalán del Deporte, la cual participa o tiene opciones de participar en las competiciones de máximo nivel organizadas por las federaciones deportivas internacionales.

Requisitos:

a) T ener una calificación reconocida por el Consejo Catalán del Deporte, como deportista de alto nivel A-1; A-2; B-1; B-2 o PA , o haber sido propuestos y propuestas de conformidad con lo que dispone el artículo 19.2.a) del Decreto 337/2002, de 3 de diciembre, sobre el alto rendimiento deportivo siempre que hayan cumplido más de 17 años a partir del 1 de enero de 2009.

b) No haber cumplido 30 años, o más, antes del día 1 de enero de 2009, con
excepción de los y las deportistas pertenecientes a federaciones deportivas paralímpicas o, aquéllos y aquellas deportistas entre 30 y 40 años que sean propuestos, de manera justificada, por la correspondiente federación deportiva siempre con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda económica.

c) No haber tenido, durante el ejercicio 2008, ayudas económicas derivadas de la práctica deportiva o retribuciones provinentes de relaciones profesionales en el ámbito deportivo que, conjuntamente o individualmente consideradas, sean superiores a 22.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 03/08/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5434
Documento: Bases Reguladoras. Descargar Documento
Boletín: 11/08/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5440
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 04/12/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5520
Documento: Modificación Descargar Documento