Ayudas económicas para compensar los gastos derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos, efectuados por razón de servicio, por el personal docente y laboral no docente destinado en centros públicos y servicios de apoyo de las enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S32073/19

Norma:

ORDEN EDU/321/2019, de 8 de mayo. ORDEN EDU/555/2019, de 4 de junio. ORDEN EDU/622/2020, de 2 de julio.

Plazo de Solicitud:

Accidentes desde 1 de septiembre de 2019 hasta el 29/07/2020. Resto accidentes: 10 días tras el siniestro.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 13.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas económicas, para compensar los gastos derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos, efectuados por razón de servicio, por el personal docente y laboral no docente destinado en centros públicos y servicios de apoyo de las enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso escolar 2019/2020.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de cada ayuda podrá alcanzar la totalidad del valor de la reparación o, de no repararse, del valor venal del vehículo, sin que, en ningún caso, pueda superar el límite máximo de TRECE MIL QUINIENTOS EUROS (13.500 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el siguiente personal que sufra un accidente de circulación con el vehículo particular como consecuencia de un desplazamiento habitual, determinado necesariamente por el desempeño del puesto de trabajo, y mediante la oportuna comisión de servicio:

a) Los titulares de puestos docentes clasificados como itinerantes en las plantillas de los centros docentes públicos.

b) El personal laboral docente y no docente destinado en puestos clasificados como itinerantes de los centros docentes públicos.

c) El personal que forme parte de los equipos de orientación educativa y de los equipos directivos de los colegios rurales agrupados.

d) El personal que desempeñe puestos en educación compensatoria y en centros de formación del profesorado e innovación educativa.

e) Los inspectores de educación.

f) Los tutores del módulo profesional de «Formación en centros de trabajo».

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos por daños sufridos en el vehículo que son reparados.

b) Gastos por daños sufridos en el vehículo que no son reparados y supongan la baja del vehículo.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 13/06/2019
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 112
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 15/07/2020
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 141
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento