Ayudas economicas para apoyar la convivencia de menores en la propia familia - Convocatoria para el año 2008.

Código de ayuda:

S07764/08

Norma:

ORDEN 22/2008, de 15 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto regular el régimen jurídico y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas individuales para apoyar a familias nucleares con hijos menores a su cargo residentes
en la Comunidad de Madrid.

Estas ayudas no son una prestación económica aislada, sino que forman parte de una intervención social con la familia, dirigida por los Servicios Sociales.
A los efectos de esta Orden, se entiende por “unidad familiar” la formada por los padres y los hijos menores a su cargo por los que se solicita ayuda económica.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Mil quinientos euros por menor sin que en ningún caso la cuantía total a percibir por un beneficiario exceda los 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario las familias nucleares, es decir, padres e hijos menores a su cargo, españolas o extranjeras, con residencia legal en España, y que se encuentren en situación de dificultad o riesgo social asociado a falta de recursos económicos para asegurar el bienestar de dichos menores y su permanencia en el hogar.

Podrán solicitar esta ayuda los padres (padre y/o madre) de los menores que ostenten la condición de beneficiarios, mediante el impreso que acompaña esta Orden como Anexo I.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La finalidad de las ayudas es apoyar económicamente a los padres y/ o madres con hijos menores a su cargo, que se encuentren en riesgo social asociado a insuficiencia de medios económicos, cuando así lo valoren los Servicios Sociales municipales. Con ellas se pretende evitar el posible desamparo de los menores y su internamiento.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 27
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento