Ayudas economicas para alumnos que cursen estudios universitarios durante el curso academico 2007/2008.

Código de ayuda:

S67419/07

Norma:

ORDEN EDU/1716/2007, de 25 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas a los alumnos que cursen, durante el curso académico 2007/2008, cualquiera de los estudios siguientes:

a) Los conducentes a la obtención del título oficial de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico, cuando dicho título cuente con validez académica en todo el territorio nacional.
b) Los cursos de adaptación y complementos de formación existentes para titulados de primer ciclo universitario, que deseen proseguir estudios de segundo ciclo.

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado, así como de cursos de especialización, títulos propios de las universidades o estudios de postgrado.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Educación (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado durante el curso 2007/2008 en alguna universidad pública o privada de Castilla y León, o, siendo castellano y leonés, en cualquier otra universidad pública española.
b) Cursar los estudios previstos en el apartado primero.
c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la expedición de ningún título de diplomado, ingeniero o arquitecto técnico, licenciado, ingeniero o arquitecto, salvo en el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos que cursen estudios de segundo ciclo.
d) Cumplir los requisitos económicos y académicos a los que se refieren los Anexos I y II, respectivamente, de la presente convocatoria.

Los alumnos a quienes únicamente falte la elaboración del proyecto fin de carrera para la obtención del título, sólo podrán acceder a la ayuda específicamente prevista para ellos en el apartado 3.1.c).

Los alumnos extranjeros no comunitarios que cursen sus estudios en una universidad de Castilla y León deberán acreditar su condición de residentes, quedando excluidos de concurrir a las ayudas que se convocan por esta Orden quienes se encuentren en situación de estancia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas comprenden las siguientes modalidades:

a) Ayuda para los gastos generados por la matrícula. El importe de esta ayuda equivaldrá al establecido para los precios de los servicios universitarios por el Decreto 66/2007, de 5 de julio, por el que se fijan los precios públicos por estudios universitarios conducentes a la obtención de títulos oficiales y servicios académicos complementarios en las Universidades Públicas de Castilla y León para el curso académico 2007/2008.
La cuantía que se abonará por este concepto corresponderá, en el caso de alumnos matriculados en universidades de Castilla y León, a los créditos o asignaturas de los que se encuentre matriculado en el momento de la expedición de la certificación académica a requerimiento de la Consejería de Educación y, en el resto de los casos, el correspondiente a los créditos de los que se encuentre matriculado en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de solicitudes.

b) Ayudas para residencia y matrícula. Se destinarán ayudas, por importe de 2.520 €, para colaborar en los gastos que se ocasionen por residir, durante el curso académico 2007/2008, fuera del domicilio
habitual por motivo de los estudios cursados.
En este supuesto se requerirá que el solicitante acredite que, por razón de distancia entre el domicilio familiar y el centro docente, y los medios de comunicación existentes, así como la imposibilidad de contar con otros horarios lectivos, tiene que residir fuera del domicilio familiar durante el curso académico. A estos efectos, podrá considerarse como domicilio familiar el más próximo al centro docente, que pertenezca a cualquier familiar hasta el segundo grado de consaguinidad o afinidad.
En esta segunda modalidad, a la cuantía para residencia se le sumará también la cantidad correspondiente a los gastos generados en concepto de matrícula, en los mismos términos a los que se refiere a la letra a) de este apartado, siempre que el solicitante no esté exento del pago por este concepto.

c) Ayuda para la elaboración del proyecto fin de carrera, siempre que éste sea exigido para la obtención del título. Será preciso haber superado todas las asignaturas o créditos de la carrera y estar matriculado para su defensa en el momento de expedición de la certificación académica a requerimiento de la Consejería de Educación, en el caso de los solicitantes que se encuentren matriculados en universidades de Castilla y León, o en la fecha en la que finalice el plazo para la presentación de solicitudes en el caso de
solicitantes que cursen estudios fuera de Castilla y León o en la UNED.

La ayuda correspondiente a esta modalidad, que será incompatible con cualesquiera de las otras dos modalidades convocadas mediante la presente Orden, tendrá una cuantía de 473 €.

Los alumnos que cursen complementos de formación para acceder a estudios universitarios de segundo ciclo, quienes estén matriculados en la UNED y aquéllos que cursen titulaciones de planes a extinguir sin docencia presencial, sólo podrán obtener ayuda de matrícula.

Ningún alumno podrá percibir más de una beca, aunque realice simultáneamente varios estudios. En tales casos, será necesario que el solicitante señale para qué estudios concretos la solicita.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 211
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/06/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 120
Documento: Modificación Descargar Documento