Ayudas economicas para alimentacion en centros escolares.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S40637/12

Norma:

Ansoáin, 10 de octubre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases de la convocatoria de ayudas a concesión de prestaciones económicas para alimentación en centros escolares para el curso 2012‑2013.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Ansoain (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda económica municipal tiene carácter suplementario de otras ayudas recibidas del Gobierno de Navarra u otros ámbitos de la administración y no será superior al 45% del coste total de la comida, considerando que todas las familias deben aportar una cantidad mínima a dicho gasto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las familias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La alimentación en centros escolares, vienen justificadas por motivos de diferente índole, tales como:

a) Garantizar una alimentación suficiente de menores cuyas familias, por motivos económicos o sociales, no puedan asegurarla.

b) Facilitar la conciliación familiar permitiendo compatibilizar el horario
de trabajo de padres y madres y la atención a sus hijos e hijas en el
horario de la comida.

c) Favorecer la participación en el comedor de los niños/as de núcleos
familiares desestructurados y con necesidad de una dieta completa y
equilibrada, así como de impulsar la adquisición de hábitos saludables,
compartiendo la experiencia del comedor con otros iguales.

Requisitos:

1. Hallarse empadronadas y tener vecindad efectiva en Ansoáin desde el momento de la solicitud y mientras se perciba la ayuda.

2. Que los menores estén escolarizados en niveles de enseñanza
obligatoria en Colegio Público Ezkaba o en otro centro público al que haya
sido derivado por no existir en la localidad el modelo lingüístico elegido.

3. Haber solicitado las ayudas existentes para el mismo concepto en otros ámbitos de la Administración.

4. Estar al corriente de cualquier tipo de obligación tributaria de
carácter municipal.

5. Contar con unos ingresos familiares por todos los conceptos inferiores
a los establecidos en el baremo económico de aplicación, aprobado
por el órgano competente municipal para cada curso escolar.

6. Excepcionalmente, y previo informe del Servicio Social de Base, el
órgano municipal competente podrá valorar aquellos expedientes que no
cumplan alguno de los requisitos específicos señalados anteriormente.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 216
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento