Ayudas económicas individuales para personas con discapacidad del Instituto Mallorquí de Servicios Sociales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S22928/17

Norma:

Pleno del Consell de Mallorca de 5 de mayo de 2005. Resolución de 15 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tratamientos profesionales sociosanitarios, dirigidos a conseguir la recuperación física, psíquica y sensorial de las personas con alguna discapacidad.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas con discapacidad residentes en Mallorca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayudas para la movilidad.

Las que actúan como intermediarias entre la persona y el entorno, facilitan la relación y permiten una mejor movilidad y autonomía.

También hacen referencia a los instrumentos que tienen como finalidad suplir o complementar las limitaciones y / o carencias de movilidad funcional:

- Obtención del permiso de conducir para discapacitados físicos que precisen adaptación del vehículo.

- Adquisición de vehículo adaptado o adaptación de vehículo.

- Cama hospitalaria / articulado, colchón antiescaras, silla de ducha, grúa, etc.

b) Prótesis y órtesis.

Se entienden por prótesis aquellos productos sanitarios que requieren una adaptación personalizada y dirigidas a sustituir un órgano o parte de la persona. Las órtesis son aquellos productos sanitarios de uso externo y no implantables dirigidos a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular, sensorial o del esqueleto.

c) Utensilios básicos y necesarios:

Las solicitudes de utensilios básicos que sean indispensables para la mejora de la calidad de vida, así como para fomentar la autonomía personal, se podrán valorar excepcionalmente siempre considerando las carencias funcionales de los solicitantes.

Requisitos:

1. Tener menos de 65 años en la fecha de presentación de la solicitud.

También podrán presentarse en esta convocatoria las personas que no habiendo hecho 65 años en el momento de realizar el gasto, cumplan el resto de los requisitos de la convocatoria actual, excepto el requisito de la edad.

2. Tener un grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33% dictaminado y vigente antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

O ser beneficiario de una pensión de la Seguridad Social de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, de acuerdo con el artículo 4 del Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

3. Que estén empadronadas en la isla de Mallorca.

4. Que la renta de la unidad económica de convivencia del grupo familiar, de la cual se tendrá en cuenta, además de los rendimientos del trabajo, los rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario, y siempre que sean rentas no exentas del IRPF, y no superen los siguientes ingresos:

Unidad familiar de un miembro: 22.365,42 € anuales

Unidad familiar de dos miembros: 29.820,56 € anuales

Unidad familiar de tres miembros: 37.275,70 € anuales

Unidad familiar de cuatro miembros o más: 44.730,84 € anuales

5. La ayuda solicitada tiene que ser concordante con la discapacidad de la persona solicitante, esto significa que la ayuda que solicite tiene que estar relacionada con su particular discapacidad.

6. No encontrarse sometida en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiaria de subvenciones establecidos al artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/05/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 63
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/05/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 63
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento