Ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado para 2006 y correcciones.
Código de ayuda:
S21519/06Norma:
RESOLUCION de 14 de junio de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión al profesorado de ayudas económicas individuales por la participación en actividades de formación permanente del profesorado finalizadas y superadas.Las actividades objeto de estas ayudas deberán estar organizadas por instituciones públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro, que entre sus fines o actividades estatutarias tengan contemplada la formación del profesorado.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda por cada solicitante será de mil quinientos euros (1.500,00 euros).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
El profesorado con destino en centros docentes públicos y privados concertados dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia del Principado de Asturias, en los que se imparten niveles y modalidades de enseñanza no universitaria, tanto de régimen general como en régimen especial y los servicios técnicos de apoyo a los mismos.Requisitos:
a) No percibir ni haber percibido ayuda o beca suficiente de cualesquiera Administración ni ente público o privado, nacional o extranjero, para la misma actividad.b) No haber estado destinado en adscripción temporal en el exterior durante el período contemplado en la
convocatoria.
c) No haber sido beneficiario de licencia de estudios remunerada durante el período de celebración de la
actividad.
d) Para tener derecho a percibir la ayuda por estudios universitarios de Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura,
Diplomatura, Ingeniería Técnica o equivalentes, se requerirá haber realizado y superado un mínimo de 50 créditos.
e) En cuanto a los estudios de Doctorado, será necesario haber realizado y superado al menos el Grado de Suficiencia Investigadora o bien el Título de Doctor.
Documentos asociados
Boletín:
07/07/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
24/07/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento