Ayudas economicas individuales extraordinarias para la participacion del profesorado de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco en actividades de formacion en lenguas extranjeras (Ingles), ajenas a la oferta institucional del Departamento de Educacion, Universidades e Investigacion a desarrollar durante el curso escolar 2009-2010.

Código de ayuda:

S67600/09

Norma:

ORDEN de 28 de octubre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas económicas individuales de carácter extraordinario para la participación del profesorado de la Comunidad Autónoma del País Vasco en actividades de formación en lenguas extranjeras (Inglés) ajenas a la oferta institucional a desarrollar durante el curso escolar 2009-2010, destinando a tal fin la cantidad de 215.237 euros.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El profesorado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria con destino en Centros docentes públicos o concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco que impartan enseñanzas en Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Ayudas para el profesorado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de cualquier área que tenga acreditado el Nivel Avanzado (B2) o equivalente de inglés, para realizar actividades
de formación del idioma inglés, con una duración no inferior a 80 horas de formación.

2.– Ayudas para el profesorado de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria de cualquier área que tenga acreditado el Nivel Intermedio (B1) o equivalente de inglés para realizar actividades de
formación del idioma inglés, con una duración mínima no inferior a 80 horas de formación y cuyo objetivo
sea la obtención de titulaciones de nivel superior al acreditado.

Serán subvencionables los gastos de inscripción, matrícula, mensualidades o cuotas.
En ningún caso serán subvencionables los gastos derivados de la expedición de títulos.

Serán subvencionables los costes contemplados en el apartado anterior con el límite máximo de 500
euros por persona beneficiaria.

Requisitos:

1.- Que la persona solicitante sea personal docente en activo en cualquiera de los Centros indicados en
el artículo 6, durante el periodo de realización de la actividad para la cual se solicita la ayuda.

2.– Que no se trate de una actividad subvencionada parcial o totalmente por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación a la entidad organizadora de la actividad.

3.– Que la actividad formativa comience a partir del 1 de septiembre de 2009 y cuya finalización no sea
posterior al 30 de septiembre de 2010.

4.– Acreditar mediante certificado o fotocopia de la convocatoria de la actividad la duración de la actividad,
mínimo 80 horas.

5.– En las actividades de tipo 1, además de los requisitos anteriores, deberá acreditar el/la solicitante
estar en posesión Nivel Avanzado (Certificación B2) o equivalente adjuntando la fotocopia correspondiente.

6.– En las actividades de tipo 2, además de los requisitos anteriores, deberá acreditar el/la solicitante
estar en posesión del Nivel Intermedio (Certificación B1), adjuntando la fotocopia correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 207
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento