Ayudas económicas extraordinarias de pago único para mujeres víctimas de violencia de género, por especial vulnerabilidad a la crisis, del Departamento de Juventud e Igualdad del Consell de Mallorca para el año 2009.

Código de ayuda:

S63037/09

Norma:

Resolución de 6 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Consell de Mallorca, de acuerdo con sus competencias estatutarias en materia de igualdad, quiere impulsar una política de participación de las mujeres en todos los ámbitos. En el si de esta política, la atención a las mujeres víctimas de violencia de género tiene que ser prioritaria, ya que, tal como se describe en la exposición de motivos de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, «la violencia de género es el símbolo más brutal de la desigualdad que hay en nuestra sociedad.

Ayuda económica no periódica y de carácter extraordinario, con una finalidad asistencial, que pretende responder a las necesidades económicas más inmediatas y que valora una distribución según las rentas de la unidad familiar.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

PRIMER SUPUESTO: la cuantía de la ayuda es de 3.000 euros.
Se admitirán las siguientes cuantías máximas de renta de la unidad familiar para acogerse a la ayuda:

- Para mujeres solas sin niños/as a su cargo: hasta 12.000 euros.

- Para mujeres con un niño/as a su cargo: de 12.001 hasta 16.000 euros.

- Para mujeres con dos niños/as a su cargo: de 16.001 hasta 20.000 euros.

- Para mujeres con tres niños/as a su cargo: de 20.001 hasta 24.000 euros.

- Para mujeres con cuatro niños/as a su cargo: de 24.001 hasta 28.000euros.

SEGUNDO SUPUESTO: la cuantía de la ayuda es de 1.500 euros.
Si una vez vistas todas las solicitudes que cumplan los mencionados requisitos de renta del primer supuesto, sobrara crédito, y sólo en este caso, se abriría un segundo tramo de ayudas.

Las mujeres que se encuentren en este segundo supuesto, tienen que solicitar la ayuda y presentar la documentación preceptiva en los plazos que establece esta convocatoria, ya que el estudio de las solicitudes se hará en un único momento procedimental y no se abrirá un segundo plazo de solicitudes en caso de que no se agote el crédito del primer grupo (ayudas de 3.000 euros).
Se admitirán las siguientes cuantías máximas de renta de la unidad familiar para acogerse a este segundo supuesto:

- Para mujeres solas sin niños/as a su cargo: de 12.001 a 16.000 euros.

- Para mujeres con un niño/as a su cargo: de 16.001 a 20.000 euros.

- Para mujeres con dos niños/as a su cargo: de 20.001 a 24.000 euros.

- Para mujeres con tres niños/as a su cargo: de 24.001 a 28.000 euros.

- Para mujeres con cuatro niños/as a su cargo: de 28.001 a 32.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las mujeres víctimas de la violencia de género que en la fecha de la solicitud de la ayuda cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Residir en un municipio de la isla de Mallorca.

b) Tener una renta conjunta de la unidad familiar que, según los criterios establecidos en la base cuarta, no supere las cantidades máximas establecidas.
A Efectos de esta convocatoria se entiende por unidad familiar la que constituyen la mujer y las personas menores a su cargo. Se consideran menores a su cargo: hijas e hijos, otros menores de los cuales la mujer solicitante tenga la tutela u otra representación, y los niños en situación de acogida.

c) Acreditar una situación de violencia de género sufrida dentro de los tres años anteriores, contadores a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOIB.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento