Ayudas económicas dirigidas a las asociaciones y fundaciones con fines pedagógicos y sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, para la realización de actividades organizadas con el alumnado y con las familias de la Comunidad Autónoma de Galicia durante el año 2008, y se aprueban sus bases reguladoras.

Código de ayuda:

S34746/08

Norma:

Orden de 30 de abril de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas económicas para la organización durante
el año 2008 de actividades de formación, complementarias a la enseñanza reglada, organizadas por asociaciones y fundaciones con fines pedagógicos y sin ánimo de lucro, dirigidas al alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos y a sus familias, y para sufragar parte de los gastos de infraestructura administrativa básica necesaria para enfrentar la realización de estas actividades.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Universidad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El reparto de las ayudas se hará atendiendo a los siguientes criterios:

Se constituirán dos grupos de actividades que corresponden por un lado a olimpiadas, rallys y otros
concursos de carácter educativo en los que participe el alumnado y, por otro, a las actividades que se
correspondan con las 6 líneas prioritarias de actuación establecidas en el artículo 6º.

-La cantidad máxima que recibirá cada entidad solicitante por el conjunto de las actividades que realice
no sobrepasará los 6.000 euros.

-Ninguna actividad recibirá una cantidad mayor de la que solicita.

-Para el conjunto de olimpiadas, rallys y otros concursos de carácter educativo en los que participe el
alumnado se destinará una cantidad máxima de 15.000 euros, que se repartirá equitativamente entre las actividades de este grupo.

-A los 65.000 euros, que corresponderían al segundo grupo, podrá sumarse el sobrante, en su caso, de
los 15.000 euros destinados al primer grupo.

-Todas las actividades del segundo grupo que cumplan los requisitos de la convocatoria recibirán una
cantidad mínima, determinada por la comisión, que dependerá del número de actividades y de la cantidad
global a repartir.

-La cantidad restante se repartirá proporcionalmente entre las actividades, prorrateando el importe global
entre el número de horas totales dedicadas a las actividades, para obtener de esta forma la cantidad
correspondiente a cada hora. Para el cálculo de las horas de duración de las actividades se tendrá en
cuenta que todas aquellas que superen las 50 horas computarán como 50 horas.

-Si después de hacer el reparto, la cantidad asignada a una actividad de un grupo supera la solicitada, la
cantidad sobrante se repartirá proporcionalmente entre el resto de actividades.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones o fundaciones legalmente constituidas, inscritas
en el Registro Nacional de Asociaciones y con dirección social en Galicia, cuándo en sus estatutos figuren como fin preferente las actuaciones con el alumnado y con las familias, y que desarrollen sus actividades en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto en aquellas como olimpiadas, rallys y otros concursos con fases nacionales o internacionales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se financiarán, además de olimpiadas, rallys y otros concursos de carácter educativo en los que participe
el alumnado, aquellas actividades de formación, como congresos, jornadas, cursos, talleres, que se encuadren dentro de las siguientes líneas prioritarias:

a) Actividades contra la violencia, la xenofobia y el racismo y a favor de la convivencia, del respeto, la
tolerancia y la igualdad.
b) Actividades de formación para las familias que tengan como finalidad favorecer su colaboración y
ayuda en los procesos de aprendizaje del alumnado.
c) Atención al alumnado con necesidades educativas específicas.
d) Atención al alumnado inmigrante que requiera inserción lingüística o procesos de integración social.
e) Programas destinados a colectivos desfavorecidos que permitan su integración y participación en el
mundo laboral.
f) Actividades de compensación socioeducativa.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento