Ayudas economicas destinadas al mantenimiento de los gabinetes psicopedagogicos escolares dependientes de ayuntamientos y mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2008.
Código de ayuda:
S01473/08Norma:
ORDEN de 13 de diciembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/02/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se otorgarán en concepto de subvención para contribuir parcialmente al mantenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados, de titularidad de ayuntamientos o mancomunidades de municipios.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Educación y Ciencia
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Educación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Ningún ayuntamiento o mancomunidad de municipios podrá recibir por la convocatoria en concepto de ayuda económica para el mantenimiento, durante el ejercicio 2008, del gabinete psicopedagógico escolar una cantidad superior a la menor de las siguientes:a) La ayuda solicitada por la entidad.
b) El 75% de la diferencia entre el total de ingresos que tenga previsto liquidar la entidad y el total de gastos que tenga previsto efectuar para el mantenimiento del gabinete durante todo el ejercicio 2008.
Cuando la subvención resulte superior a la menor de las dos cantidades mencionadas en el apartado anterior, se le asignará directamente esta última al solicitante en quien concurra la circunstancia descrita.
La cantidad sobrante se distribuirá aplicando los mismos criterios de valoración entre los solicitantes que todavía no hubieren alcanzado aquellos límites y así sucesivamente hasta que no quede cantidad alguna
por repartir.
Las ayudas económicas de la presente convocatoria se satisfarán a los ayuntamientos o mancomunidades de municipios beneficiarios según el siguiente régimen:
– Un 40% de la subvención concedida, una vez resuelta la convocatoria.
– El 60% restante, cuando el beneficiario justifique la totalidad de la subvención en los términos establecidos en la base Undécima.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar dichas ayudas los ayuntamientos o mancomunidades de municipios que gestionen o financien gabinetes psicopedagógicos escolares en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que esténautorizados de acuerdo con la Orden de 1 de marzo de 1990, de la conselleria de Cultura, Educación y Ciencia antes mencionada.
No podrán recibir subvención por esta convocatoria los ayuntamientos o mancomunidades de municipios que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
a) No haber iniciado la actividad del gabinete psicopedagógico antes del 1 de noviembre de 2007.
b) No haber presentado la justificación de este mismo tipo de ayudas, en el caso de haber resultado beneficiarios en la convocatoria del año anterior.
c) Disfrutar de financiación a cargo de la conselleria de Educación para el gabinete psicodegógico.
d) Cuando la totalidad de los miembros del gabinete psicopedagógico escolar no se encuentre de alta en el régimen de Seguridad Social que les corresponda, de acuerdo con la normativa aplicable, exceptuando el caso de los psicólogos que, ejerciendo la actividad por cuenta propia, la hayan iniciado antes del 10 de noviembre de 1995, fecha de entrada en vigor de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
Documentos asociados
Boletín:
09/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5676
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5676
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento