Ayudas economicas destinadas a subvencionar la realizacion de infraestructuras de uso publico en ambitos urbanos y rurales, por parte de los ayuntamientos de Galicia.

Código de ayuda:

S00337/08

Norma:

Orden de 28 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 04/02/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Por la presente orden se establecen las bases para conceder subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva y para el año 2008, a los ayuntamientos de Galicia, destinadas a la realización de
infraestructuras de uso público en ámbitos urbanos y, por parte de los ayuntamientos de Galicia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda económica que se conceda podrá financiar como máximo hasta el 80% del presupuesto de la
obra o equipamiento que se va a realizar.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiados de esta subvención aquellos ayuntamientos de Galicia que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que tengan menos de 30.000 habitantes, de acuerdo con los datos del último padrón de habitantes.
b) Tener presentadas las cuentas del ayuntamiento a que se refiere el artículo 208 y siguientes del Real
decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales correspondientes al ejercicio presupuestario 2006 en el Consejo de Cuentas de Galicia.

Sólo se podrá presentar un proyecto por ayuntamiento, y con la finalidad de garantizar la trascendencia
y calidad de los mismos sólo se subvencionarán proyectos que supongan inversiones superiores a 75.000 €.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones a subvencionar responderán a proyectos completos, determinados e individualizados,
tales como:

a) Adecuación de plazas y paseos municipales.
b) Rehabilitación de edificios catalogados de especial interés o espacios con especial énfasis en su integración en proyectos integrales.
c) Creación, adecuación o rehabilitación de espacios y parques destinados a la infancia.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento