Ayudas economicas destinadas a ayuntamientos y mancomunidades de municipios que realicen actividades de promocion del uso del valenciano durante el año 2009.
Código de ayuda:
S14791/09Norma:
ORDEN de 18 de febrero de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/03/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Serán objeto de subvención las actividades de promoción del uso del valenciano realizadas, durante el año 2009, por los ayuntamientos y mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Educación (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Cursos: importe máximo de la subvención será de 1.101,00 euros por curso.b) Rotulación: importe máximo de la subvención será de 3.000 euros.
c) Campaña de promoción: importe máximo de la subvención será de 3.000 euros.
d) Oficina de promoción:
-Técnico superior con dedicación completa: máximo de 6.000 euros.
-Técnico superior con dedicación parcial: máximo de 3.000 euros.
-Técnico medio con dedicación completa: máximo de 5.000 euros.
-Técnico medio con dedicación parcial: máximo de 2.500 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a las ayudas los ayuntamientos y las mancomunidades de municipios de la Comunitat Valenciana.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Rotulaciones y señalizaciones.b) Cursos de enseñanza del valenciano para funcionarios y empleados públicos.
c) Campaña municipal de sensibilización y promoción del uso del valenciano.
b) Creación o funcionamiento de oficinas municipales de promoción del uso del valenciano.
Requisitos:
a) Todos los beneficiarios de las subvenciones deberán justificar, en gastos de la actividad, haber superado, como mínimo, en un 40% la cantidad recibida como subvención.b) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención.
c) Acreditar la realización de la actividad y el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de la ayuda.
d) Las entidades beneficiarias deberán comunicar a la conselleria de Educación otras ayudas, subvenciones e ingresos o recursos que financian las actividades subvencionadas.
e) En las actividades que se realicen con la financiación de esta convocatoria se deberá hacer constar la colaboración de la conselleria de Educación.
f) Será procedente el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la ayuda, en los casos establecidos en el artículo 37 de la LGS.
g) La sumisión a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General en relación a las subvenciones y ayudas concedidas, para lo que deberá disponer de los libros, registros
y documentos, debidamente intervenidos, en los términos exigidos por la legislación vigente.
h) Coordinar las actuaciones de promoción del uso del valenciano, que se deberán ajustar a las orientaciones y directrices emanadas de la conselleria de Educación, que las podrá supervisar en cualquier
momento.
i) Obligaciones con respecto a las oficinas de promoción del uso del valenciano:
-Hacerse cargo del personal adscrito según los criterios técnicos y lingüísticos de la conselleria de Educación.
-Participar en la organización y financiación de las actividades señaladas en el proyecto.
-Hacerse cargo de los gastos de infraestructura, de mantenimiento, de material fungible e inventariable necesario.
-Coordinar a través de la conselleria de Educación el funcionamiento de la oficina, ajustándose a las orientaciones y directrices de la Secretaría Autonómica de Educación.
k) La conselleria de Educación podrá coordinar y supervisar, en cualquier momento, las acciones de promoción del uso del valenciano para que se ajusten a los objetivos propuestos y convocar a reuniones
de trabajo a los responsables de las oficinas de promoción del uso del valenciano.
Documentos asociados
Boletín:
02/03/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5958
Documento: Bases Reguladores, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5958
Documento: Bases Reguladores, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento