Ayudas economicas del programa de atencion a las personas y a sus familias en el marco del sistema para la autonomia y atencion a la dependencia en la Comunitat Valenciana.- Modificación.
Código de ayuda:
S72764/07Norma:
ORDEN de 5 de diciembre de 2007. ORDEN 5/2011, de 6 de junio.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto regular los requisitos y condiciones de acceso a las ayudas económicas a las personas dependientes.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las prestaciones económicas que regula esta orden se establecerá anualmente por el Gobierno mediante Real Decreto, previo acuerdo del Consejo Territorial, para los grados y niveles conderecho a prestaciones.
Para el año 2007 las cuantías máximas a percibir serán las indicadas en la Disposición Transitoria Primera de esta orden.
El importe de las prestaciones económicas que regula esta orden para cada persona beneficiaria en situación de dependencia de Grado III, en cualquiera de sus modalidades, no podrá ser en ningún caso
inferior a la pensión no contributiva (PNC).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Personas dependientes.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunitat Valenciana está configurado por los siguientes Servicios:a) Los servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
b) Servicio de Teleasistencia.
c) Servicio de Ayuda a Domicilio:
I. Atención de las necesidades del hogar.
II. Cuidados personales.
d) Servicio de Centro de Día y de Noche:
I. Centro de día para mayores.
II. Centro de día para menores de 65 años.
III. Centro de día de atención especializada.
IV. Centro de noche.
e) Servicio de Atención Residencial:
I. Residencia de personas mayores en situación de dependencia.
II. Centro de atención a personas en situación de dependencia, en razón de los distintos tipos de discapacidad.
Estos servicios descritos anteriormente, se regulan sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, la conselleria de Bienestar Social podrá ampliar el catálogo de servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunitat
Valenciana.
De conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 17 a 20 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, las prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunitat Valenciana, son:
a) La prestación económica vinculada al servicio que se reconocerá, en los términos que se establezca, únicamente cuando no sea posible el acceso a un servicio prestado mediante la Red de Centros Públicos y Concertados del Sistema de Atención a la Dependencia en la Comunitat Valenciana.
b) La prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, que tendrá carácter excepcional y se reconocerá cuando se reúnan las condiciones establecidas.
c) La prestación económica de asistencia personal.
Tendrán derecho a las prestaciones económicas reguladas en esta orden todas aquellas personas que cumplan las condiciones establecidas para el acceso a cada una de ellas en la Ley 39/2006 de 14 de
diciembre y disposiciones estatales y de la Comunitat Valenciana que se dicten en su desarrollo, cuyo Programa Individual de Atención las contemple como modalidad de intervención más adecuada a las necesidades del beneficiario, según su grado y nivel de dependencia.
Para su reconocimiento a favor de sus beneficiarios se tendrá en consideración la regulación del régimen de compatibilidades de los servicios y prestaciones económicas que regula el Capítulo II siguiente
de esta orden.
Documentos asociados
Boletín:
10/12/2007
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5656
Documento: Requisitos y condiciones de acceso a las ayudas Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5656
Documento: Requisitos y condiciones de acceso a las ayudas Descargar Documento
Boletín:
09/06/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6539
Documento: Modificación Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6539
Documento: Modificación Descargar Documento