Ayudas economicas del Instituto Mallorquin de Asuntos Sociales a entidades sin animo de lucro que realizan actividades en materia de gestion de calidad en servicios sociales y menores para el año 2010.
Código de ayuda:
S29691/10Norma:
Consell Insular de Mallorca. Resolución de 21 de abril de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/06/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Apoyar la financiación de las actuaciones para la mejora de la calidad de los servicios sociales prestados por entidades del ámbito de Servicios Sociales y menores, que trabajen en red, de acuerdo con las características y los requisitos que establece esta Resolución.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro que trabajen en los ámbitos de discapacitados, enfermos mentales y exclusión social y menores y que presenten un proyecto para trabajar en red.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Consultoría sobre la implantación y certificación de un sistema de calidad, para un grupo o entidades.2. Formación para la implantación y certificación de un sistema de calidad, para un grupo o entidades.
3. Certificación del sistema de gestión para un grupo o entidades según alguna norma de gestión de calidad reconocida a nivel nacional o internacional.
4. Renovación de la Certificación del sistema de calidad para un grupo o entidades según alguna norma reconocida a nivel nacional o internacional.
5. Acciones de integración del sistema de gestión de calidad con otros sistemas de gestión de la entidad, como el de gestión medioambiental, riesgos laborales, protección de la información, etc.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.b) No tener ánimo de lucro.
c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.
d) Estar inscrita en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o en los que corresponda, un año antes de la fecha de inicio de esta convocatoria.
e) Tener capacidad jurídica y de obrar.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Mallorca y con el IMAS y de las demás obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.
g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las entidades beneficiarias deben ser grupos que trabajen en red, formados por un mínimo de 4 entidades y un máximo de 15 las que podrán presentar un proyecto a cada modalidad.
Las actuaciones se realizarán desde el día 1 de enero de 2010 a día 30 de octubre de 2010.
Documentos asociados
Boletín:
30/06/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 99
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
04/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento