Ayudas economicas del Institut Mallorqui d Afers Socials en entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2011.
Código de ayuda:
S13273/11Norma:
Palma, 24 de febrero de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a dar soporte a la financiación de las actuaciones que en materia de servicios sociales realicen las entidades y asociacionessin ánimo de lucro desde día 1 de noviembre de 2010 y hasta 30 de septiembre de 2011, de acuerdo con las características y los requisitos establecidos.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades y las asociaciones que presenten un proyecto para llevar a cabo alguna de las actividades subvencionables, siempre que, además, reúnan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos o actividades que se encuadren dentro de las actuaciones siguientes:1.- Actividades de carácter preventivo, de información, de atención y de soporte social, psicológico y emocional a personas afectadas por situaciones que generan vulnerabilidad, dependencia, riesgo de aislamiento, discriminación, marginación y exclusión social.
2.- Actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y/o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y/o excluidos socialmente; así como actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social del Instituto Mallorquí d’Afers Socials
y/o de los servicios sociales de atención primaria que se gestionen desde el ámbito municipa.’
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.b) No tener ánimo de lucro.
c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.
d) Estar inscrita en el Registro Central de Servicios Sociales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares o en el que corresponda, seis meses antes de la fecha de inicio de esta convocatoria.
e) Tener capacidad jurídica y de obrar.
f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vendan impuestas para la normativa vigente.
g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
12/03/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento