Ayudas economicas del Institut Mallorqui d Afers Socials en entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2011.

Código de ayuda:

S13273/11

Norma:

Palma, 24 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a dar soporte a la financiación de las actuaciones que en materia de servicios sociales realicen las entidades y asociaciones
sin ánimo de lucro desde día 1 de noviembre de 2010 y hasta 30 de septiembre de 2011, de acuerdo con las características y los requisitos establecidos.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y las asociaciones que presenten un proyecto para llevar a cabo alguna de las actividades subvencionables, siempre que, además, reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos o actividades que se encuadren dentro de las actuaciones siguientes:

1.- Actividades de carácter preventivo, de información, de atención y de soporte social, psicológico y emocional a personas afectadas por situaciones que generan vulnerabilidad, dependencia, riesgo de aislamiento, discriminación, marginación y exclusión social.

2.- Actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y/o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y/o excluidos socialmente; así como actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social del Instituto Mallorquí d’Afers Socials
y/o de los servicios sociales de atención primaria que se gestionen desde el ámbito municipa.’

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

d) Estar inscrita en el Registro Central de Servicios Sociales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares o en el que corresponda, seis meses antes de la fecha de inicio de esta convocatoria.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vendan impuestas para la normativa vigente.

g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 37
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento