Ayudas económicas del IMAS a entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales para el año 2018.

Código de ayuda:

S48919/18

Norma:

Resolución de Presidencia de 17 de septiembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de octubre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo de la convocatoria y de las bases reguladoras específicas, el criterio y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas adicionales a la financiación de las actuaciones en mate ria de servicios sociales, las realidades de las asociaciones y las sensaciones sentido a nim de lucre des de dia 1 de gener de 2017 i fins al 31 de desembre de 2017.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán encontrar una Asociación en el campo de la convocatoria de las Entidades y las Asociaciones que presentan un proyecto que Haya terminada entre Otras actividades que extiende en el campo de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1 Actividades de carácter preventivo, de información, de atención y de apoyo social, psicológico y emocional a personas afectadas por situaciones que generan vulnerabilidad, dependencia, riesgo de aislamiento, discriminación, marginación y exclusión social.

2 Actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y / o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y / o excluidos socialmente; así como actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales y / o de los servicios sociales de atención primaria que se gestionen desde el ámbito municipal.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

d) Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o en el corresponsal, abanderado de los datos de la soledad en el marco de la convocatoria.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y con las obligaciones Tributarias y con el Seguro social que los impone por la normativa Vigente.

g) No incurrir en ninguna de las prohibitions para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 118
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/09/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 118
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento