Ayudas economicas de los servicios sociales en el ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Código de ayuda:

S02982/12

Norma:

Pozuelo de Alarcón, a 11 de enero de 2012.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas de los servicios sociales en el ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas para sí o su unidad familiar, de nacionalidad española o los extranjeros con residencia legal en España, y que estén empadronadas y residiendo en el municipio.

Con carácter excepcional, podrán también ser beneficiarios de las prestaciones económicas aquellos extranjeros sin residencia legal que se encuentren en una situación de desprotección o en grave riesgo social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Ayudas de emergencia social.

B) Ayudas económicas.

C) Necesidades a cubrir:

1. Ayudas económica para tratamientos.

2. Ayuda económica para alojamiento en centros.

3. Ayuda económica para ayudas complementarias.

4. Ayuda económica para acondicionamiento de vivienda.

5. Ayuda económica para vivienda.

6. Ayuda económica para manutención.

7. Ayuda económica para transporte.

8. Ayuda económica para becas de guardería.

9. Ayuda económica para medicamentos.

10. Ayuda económica para otros gastos excepcionales.

11. Ayuda económica en especie.

12. Ayuda económica para tratamiento de atención temprana.


Requisitos:

1. Residir y estar empadronado en el municipio.

2. Tener residencia legal en España.

3. Ser mayor de edad.

4. Acreditación de la situación de necesidad.

5. Aportar la documentación exigida en cada caso.

6. Cumplir el baremo establecido.

7. Aceptación por el beneficiario de las condiciones de la intervención social y firma, en su caso, del contrato de apoyo familiar.

8. Cumplir con los requisitos específicos de cada prestación y aportar la documentación requerida en cada caso.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2012
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 23
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento