Ayudas económicas, con carácter de subvención a Ayuntamientos para la promoción y el fomento de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) procedentes de obras menores domiciliarias para el año 2021.

Código de ayuda:

S11928/19

Norma:

Orden 12/2013, 17 de octubre. Resolución 372/2019, de 25 de febrero. Resolución de 20 de mayo de 2020. Resolución 252/2021, de 8 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de junio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para el ejercicio 2021 de las ayudas económicas, con carácter de subvención, reguladas por la Orden 12/2013, 17 de octubre (BOR nº 133, de 23 de octubre de 2013), del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos para la promoción y el fomento de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición (RCD) procedentes de obras menores domiciliarias.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y Portavocía de Gobierno (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de La Rioja que tengan núcleos de población de menos de mil habitantes, según el último censo publicado por el INE en el año de la publicación de la convocatoria anual, que lleven a cabo las actuaciones previstas en el artículo 3 de esta disposición.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La recogida en el lugar de aporte, el transporte hasta una instalación autorizada de tratamiento de residuos y el tratamiento adecuado de los residuos de los residuos de construcción y demolición procedentes de obra menor de construcción o reparación domiciliaria generados en el núcleo de población con las siguientes limitaciones:

- 3 contenedores anuales en núcleos de población con un censo de hasta 250 habitantes,

- 6 contenedores anuales en núcleos de población con un censo de entre 250 habitantes y 500 habitantes,

- 9 contenedores anuales en núcleos de población con un censo de entre 500 habitantes y 750 habitantes, y

- 12 contenedores anuales en núcleos de población con un censo entre 750 habitantes y 1.000 habitantes.

No es objeto de subvención la obra civil asociada a la adecuación del lugar de colocación del contenedor.

Requisitos:

Para poder optar a las ayudas, se deberá acreditar:

a) Tener aprobada una ordenanza municipal sobre la correcta gestión de RCD, ajustada a la legislación ambiental que contemple la imposición de fianzas a los titulares de licencias de obra mayor y un procedimiento de gestión de RCD para los residuos de obra mayor y obra menor.

b) Ausencia de escombreras activas en todo el término municipal.

Documentos asociados

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