Ayudas economicas a los euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje por los cursos de euskera correspondientes.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S47691/11Norma:
RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/11/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas por impartir cursos de euskera durante el curso 2011-2012 (entre octubre de 2011 y septiembre de 2012) por euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La subvención correspondiente a los grupos presenciales constará de dos partes: el módulo básico y el complemento por ratio.a) El módulo básico: el módulo básico para las horas/grupo solicitadas por el euskaltegi y aprobadas por HABE será de 36,50 euros. Este módulo se aplicará, asimismo, a las horas de tutoría de los grupos aceptados del 4.º nivel del CBEA.
b) Si el promedio de alumnos por grupo, en los grupos de iniciativa propia del euskaltegi objeto de subvención, es superior al punto de partida por ratio que le corresponde según el punto 2.2 de la Disposición Transitoria Única de esta Resolución, en función del tamaño de la población en que se imparte, a cada hora/grupo le corresponderá un complemento de 1,92 euros por cada punto de diferencia en el promedio. El promedio de alumnos se determinará el último día laboral de octubre.
En el caso de los cursos impartidos en régimen de internado en verano, se abonará el módulo de 17,77 euros/día para el régimen de pensión completa (alojamiento, desayuno, comida y cena).
2. La actividad de los alumnos/as de autoaprendizaje se subvencionará en 780 euros por alumno/a y curso estándar completo, especificado en el punto 3.a) del artículo 4 de la Resolución del Director General de HABE de 27 de julio de 2005. Los cursos de medio año (o 100 horas) se subvencionarán en 390 euros. Estos módulos subvencionales se minorarán proporcionalmente, en el caso de los alumnos/as de cursos homologados que no completan la actividad del curso estándar.
3. El módulo de los grupos compuestos por personas pertenecientes a instituciones conveniadas con HABE y que HABE encarga directamente al euskaltegi, recogidos en la solicitud para todo el curso académico, será de 38,42 euros por hora/grupo si se imparte en algún local euskaltegi, y de 32,65 euros si se imparte en los locales propios de la institución conveniada.
En el caso de los cursos impartidos en régimen de internado permanente, además del módulo de docencia, se abonará el módulo de 5,56 euros/día, para los casos de media pensión (con comida) y de 17,77 euros/día para el régimen de pensión completa (alojamiento, desayuno, comida y cena). En el caso de haber alumnos/as de pensión completa que, mientras dure el curso, y guiados por el euskaltegi, residen en una familia vascoparlante, el euskaltegi recibirá un complemento de 5 euros por alumno/día.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los euskaltegis privados y los centros homologados de autoaprendizaje de euskera, que cumplan los requisitos exigidos con carácter específico para cada uno de ellos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Actividad de iniciativa propia de los euskaltegis en cursos presenciales.2.– Actividad de iniciativa propia de los centros de autoaprendizaje.
3.– Actividad de grupos conveniados.
Requisitos:
– De carácter general:a) Estar inscrito y tener todos sus datos actualizados en el Registro de euskaltegis y de centros de autoaprendizaje de euskera de HABE.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y en los pagos a la Seguridad Social.
c) Cumplimentar correctamente y aportar, junto con la solicitud, la documentación requerida en
los términos que se fijan en el artículo 3 de la presente Resolución.
d) La financiación pública (proveniente de instituciones europeas, del Estado, Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos, así como de Organismos Autónomos dependientes de la Administración Pública), será como máximo del 70% del presupuesto total de la actividad subvencionada.
e) Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán respetar los derechos humanos y los valores de la convivencia entre las personas, y, en consecuencia, no podrán tener expuestos al público símbolos o elementos que, en relación a los mismos, puedan resultar ofensivos para la ciudadanía, vulneren la dignidad de las personas usuarias o sugieran justificación de la violencia.
– De orden académico:
Los euskaltegis y los centros homologados de autoaprendizaje que deseen recibir la subvención de HABE deberán cumplir lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2005, del Director General de HABE, que aprobó los requisitos básicos a cumplir por los euskaltegis públicos, los euskaltegis privados homologados, los centros homologados de autoaprendizaje y los Centros Vascos-Euskal Etxeak a fin de acceder a las subvenciones convocadas por HABE.
Documentos asociados
Boletín:
27/10/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 204
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento