Ayudas economicas a los euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje por los cursos de euskera.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S35355/12

Norma:

RESOLUCIÓN de 7 de septiembre de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las condiciones de concesión de ayudas económicas por impartir cursos de euskera durante el curso 2012-2013 (entre octubre de 2012 y septiembre de 2013) por euskaltegis privados y centros homologados de autoaprendizaje.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los euskaltegis privados y los centros homologados de autoaprendizaje de euskera, que cumplan los requisitos exigidos con carácter específico para cada uno de ellos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Actividad de iniciativa propia de los euskaltegis en cursos presenciales.

2.– Actividad de iniciativa propia de los centros de autoaprendizaje.

3.– Actividad de grupos conveniados.

Requisitos:

De carácter general:

a) Estar inscrito y tener todos sus datos actualizados en el Registro de euskaltegis y de centros de autoaprendizaje de euskera de HABE.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y en los pagos a la Seguridad Social.

c) Cumplimentar correctamente y aportar, junto con la solicitud, la documentación requerida en los términos que se fijan en el artículo 3 de la presente Resolución.

d) La financiación pública (proveniente de instituciones europeas, del Estado, Gobierno Vasco, Diputaciones y Ayuntamientos, así como de Organismos Autónomos dependientes de la Administración Pública), será como máximo del 70% del presupuesto total de la actividad subvencionada.

e) Las entidades beneficiarias de estas ayudas deberán respetar los derechos humanos y los valores de la convivencia entre las personas, y, en consecuencia, no podrán tener expuestos al público símbolos o elementos que, en relación a los mismos, puedan resultar ofensivos para la ciudadanía, vulneren la dignidad de las personas usuarias o sugieran justificación de la violencia.

De orden académico:

Los euskaltegis y los centros homologados de autoaprendizaje que deseen recibir la subvención de HABE deberán cumplir lo establecido en la Resolución de 27 de julio de 2005, del Director General de HABE, que aprobó los requisitos básicos a cumplir por los euskaltegis públicos, los
euskaltegis privados homologados, los centros homologados de autoaprendizaje y los Centros Vascos-Euskal Etxeak a fin de acceder a las subvenciones convocadas por HABE.

El euskaltegi deberá cumplir los requisitos establecidos por la Resolución de 27 de julio de 2005 para la formación de grupos. Aún así, si un euskaltegi no cumple el promedio mínimo correspondiente, las horas solicitadas por el euskaltegi podrán ajustarse para la subvención, hasta cumplir dicho requisito, según lo previsto en el artículo 10.6 de la mencionada Resolución.

Los grupos impartidos en régimen de internado, independientemente de la población en la que se organicen, tendrán el mismo tratamiento de los formados en poblaciones entre 10.001 y 25.000 habitantes.

Documentos asociados

Boletín: 21/09/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 185
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento