Ayudas economicas a los ayuntamientos de Galicia para la contratacion temporal de auxiliares de policia local durante la temporada de verano.
Código de ayuda:
S00346/08Norma:
Orden de 28 de diciembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 04/02/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia contribuirá con los ayuntamientos,con el fin de aumentar la eficacia de sus cuerpos de policía local, en el desarrollo de las funciones que le son propias durante la temporada de verano (junio, julio, agosto y septiembre), convocando ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva y para el año 2008, destinadas a sufragar los costes de contratación
temporal de auxiliares de policía local.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar los beneficios de esta orden aquellos ayuntamientos que cumplan con los siguientesrequisitos:
a) Que cuenten con cuerpo de policía local formado por un mínimo de tres miembros.
b) Que vean aumentada de forma significativa su población durante los meses de verano y que esto haga
necesario aumentar el número de policías para prestar los servicios que vienen desarrollando el resto del año.
c) Que tengan presentadas las cuentas del ayuntamiento a que se refiere el artículo 208 y siguientes del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, correspondientes al ejercicio presupuestario de 2006 en el Consejo de Cuentas de Galicia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El número de contratos temporales que subvencionará la Consellería de Presidencia, AdministracionesPúblicas y Justicia no podrá superar el 50% del personal funcionario de la policía local del ayuntamiento
peticionario.
Le corresponderá al ayuntamiento peticionario el pago, como mínimo, del 25% del importe total del
contrato formalizado con el/los auxiliar/es de policía local, siendo por cuenta de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia el pago, como máximo, del 75% del coste de la contratación, incluidos los costes sociales.
No serán consideradas las solicitudes de los ayuntamientos que no hayan remitido los datos de su
policía local al registro de policía local de esta consellería en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Documentos asociados
Boletín:
02/01/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 1
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento