Ayudas economicas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al periodo comprendido entre octubre de 2010 y septiembre de 2011.
Código de ayuda:
S56237/10Norma:
RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/11/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2010 y septiembre de 2011.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los créditosestablecidos al efecto en los Presupuestos de HABE asciende a la cantidad de 230.000 euros, con la
siguiente distribución plurianual:
a) 60.000 euros de crédito de pago, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en
el período octubre-diciembre de 2010.
b) 170.000 euros de crédito de compromiso, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período enero-septiembre de 2011.
El módulo por hora/grupo que se aplicará a las subvenciones correspondientes a los euskaltegis de
Centros Vascos-Euskal Etxeak será de 10,50 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Centros Vascos-Euskal Etxeak, y las Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak, según se definen en los artículos 2 y 6 de la Ley 8/1994, de 27 de mayo.Requisitos:
1.– De carácter general:a) Estar inscritos y tener todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak
del Gobierno Vasco.
b) Tener justificadas previamente las subvenciones concedidas por HABE.
2.– De orden académico:
a) El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos establecidos por HABE será el referente de su actividad.
b) Los cursos deberán tener una intensidad mínima de 3 horas semanales. El número mínimo de alumnos para la formación de grupo será de 6, y el promedio de los grupos será de 8 alumnos.
Documentos asociados
Boletín:
07/10/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento