Ayudas economicas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al periodo comprendido entre octubre de 2010 y septiembre de 2011.

Código de ayuda:

S56237/10

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2010 y septiembre de 2011.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los créditos
establecidos al efecto en los Presupuestos de HABE asciende a la cantidad de 230.000 euros, con la
siguiente distribución plurianual:

a) 60.000 euros de crédito de pago, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en
el período octubre-diciembre de 2010.

b) 170.000 euros de crédito de compromiso, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva a desarrollar en el período enero-septiembre de 2011.

El módulo por hora/grupo que se aplicará a las subvenciones correspondientes a los euskaltegis de
Centros Vascos-Euskal Etxeak será de 10,50 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Centros Vascos-Euskal Etxeak, y las Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak, según se definen en los artículos 2 y 6 de la Ley 8/1994, de 27 de mayo.

Requisitos:

1.– De carácter general:

a) Estar inscritos y tener todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak
del Gobierno Vasco.

b) Tener justificadas previamente las subvenciones concedidas por HABE.

2.– De orden académico:

a) El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos establecidos por HABE será el referente de su actividad.

b) Los cursos deberán tener una intensidad mínima de 3 horas semanales. El número mínimo de alumnos para la formación de grupo será de 6, y el promedio de los grupos será de 8 alumnos.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 194
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento