Ayudas económicas a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al período comprendido entre octubre de 2008 y septiembre de 2009.
Código de ayuda:
S66391/08Norma:
RESOLUCION de 1 de octubre de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 21/11/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2008 y septiembre de 2009.El importe de los recursos económicos destinados a la presente convocatoria, procedentes de los créditos establecidos al efecto en los Presupuestos de HABE asciende a la cantidad de 223.000 euros, con la siguiente distribución plurianual:
a) 220.500 euros, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva relativa al curso académico completo,
distribuidos en 63.000 euros de crédito de pago y 157.500 euros de crédito de compromiso.
b) 2.500 euros, para ayudas correspondientes a la actividad lectiva iniciada en 2009, supeditados a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los correspondientes créditos presupuestarios para el ejercicio 2009.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El módulo por hora/grupo que se aplicará a las subvenciones correspondientes a los euskaltegis de Centros Vascos-Euskal Etxeak será de 10,50 euros.En el caso de que el importe señalado en el artículo 2 de esta convocatoria fuera insuficiente para hacer frente a las necesidades solicitadas, se procederá al prorrateo de la subvención entre las entidades beneficiarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las subvenciones que regula la presente Resolución podrán ser solicitadas por los Centros Vascos-Euskal Etxeak, y las Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak, según se definen en los artículos 2 y 6 de la Ley 8/1994, de 27 de mayo, siempre que cumplan los siguientes requisitos:1.– De carácter general:
a) Estar inscritos y tener todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak del Gobierno Vasco.
b) Tener justificadas previamente las subvenciones concedidas por HABE.
2.– De orden académico:
a) El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos establecidos por HABE será el referente de su actividad.
b) Los cursos deberán tener una intensidad mínima de 3 horas semanales. El número mínimo de alumnos para la formación de grupo será de 6, y el promedio de los grupos será de 8 alumnos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2008 y septiembre de 2009.Documentos asociados
Boletín:
22/10/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 202
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 202
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento