Ayudas economicas a los Centros Vascos-Euskal-Etxeak, por los cursos de euskera correspondientes al periodo comprendido entre octubre de 2007 y septiembre de 2008.
Código de ayuda:
S67519/07Norma:
RESOLUCION de 3 de octubre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente Resolución la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones a los Centros Vascos-Euskal Etxeak, por los cursos de euskera impartidos entre octubre de 2007 y septiembre de 2008.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El módulo por hora/grupo que se aplicará a las subvenciones correspondientes a los euskaltegis de CentrosVascos-Euskal Etxeak será de 10,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los Centros Vascos-Euskal Etxeak, y las Federaciones y Confederaciones de Centros Vascos-Euskal Etxeak, según se definen en los artículos 2 y 6 de la Ley 8/1994, de 27 de mayo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Cursos de euskera impartidos entre octubre de 2007 y septiembre de 2008.Requisitos:
1.– De carácter general:a) Estar inscritos y tener todos sus datos actualizados en el Registro de Centros Vascos-Euskal Etxeak del
Gobierno Vasco.
b) Tener justificadas previamente las subvenciones concedidas por HABE.
2.– De orden académico:
a) El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Adultos establecidos por HABE será el referente
de su actividad.
b) Los cursos deberán tener una intensidad mínima de 3 horas semanales. El número mínimo de alumnos
para la formación de grupo será de 6, y el promedio de los grupos será de 8 alumnos.
Documentos asociados
Boletín:
30/10/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento