Ayudas economicas a las personas mayores para la implantacion de protesis dentales para el año 2008.
Código de ayuda:
S16746/08Norma:
ORDEN 281/2008, de 25 de febrero. ORDEN 92/2006, de 1 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 15/09/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente Orden es convocar la concesión de ayudas a las personas mayores para hacer frente a los gastos originados por la implantación de prótesis dentales a que se refiere la Orden 92/2006, de 1 de febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 15 de febrero de 2006), durante el período subvencionable de la presente convocatoria, entre el 1 de octubre de 2007 y el 15 de septiembre de 2008.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas se fijará atendiendo al coste de las prótesis implantadas y a los ingresos económicos de los solicitantes conforme a los criterios siguientes:a) Solicitantes perceptores de renta mínima de inserción o de pensiones públicas de importe igual o inferior a 500 euros mensuales: El importe de la ayuda será el 80 por 100 del gasto del servicio facturado, sin superar el importe máximo establecido en el apartado siguiente.
b) Solicitantes perceptores de pensiones públicas inferiores a 1000 euros mensuales, no incluidos en el apartado a) precedente:
El importe de la ayuda será el 50 por 100 del gasto del servicio facturado, sin superar el importe máximo establecido en el punto siguiente.
El importe máximo de las ayudas será de 560 euros por persona por la implantación de prótesis completa o parcial, de doble arcada, y de 280 euros por persona por la implantación de prótesis completa o parcial, de una arcada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria las personas que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 3 de las bases reguladoras establecidas en la Orden 92/2006, de 1 de febrero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DEMADRID de 15 de febrero de 2006):a) Ser español o extranjero con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos los sesenta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda.
c) Acreditar el empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid durante el último año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud.
d) Percibir la renta mínima de inserción o pensiones públicas de cuantía inferior a 1.000 euros mensuales.
Serán beneficiarios también los cónyuges o miembros de uniones de hecho a cargo de quienes reciban las prestaciones o pensiones citadas. Por pensiones públicas se entenderán las contempladas como tales en el artículo 37 de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, según modificación efectuada por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre.
e) Haberse implantado cualquiera de las prótesis dentales a que se refiere el artículo 1.2 de esta Orden.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los citados requisitos deberán poseerse en el momento de presentar la solicitud y mantenerse, al menos, hasta la finalización del plazo para la presentación de solicitudes establecido por la convocatoria
correspondiente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las prótesis dentales a que se refiere el apartado anterior podrán ser de los siguientes tipos:a) Prótesis completa de doble arcada superior e inferior removible.
b) Prótesis completa de arcada superior removible.
c) Prótesis completa de arcada inferior removible.
d) Prótesis parcial de resina o esquelética de arcada superior removible.
e) Prótesis parcial de resina o esquelética de arcada inferior removible.
Las ayudas económicas reguladas por la presente Orden incluirán los gastos de las prótesis, así como los de su implantación y adaptación.
En el año correspondiente a esta convocatoria no podrá solicitarse más de una ayuda por persona.
Documentos asociados
Boletín:
15/02/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 39
Documento: Orden 92/2006 (Bases) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 39
Documento: Orden 92/2006 (Bases) Descargar Documento
Boletín:
11/03/2008
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 60
Documento: Modificación Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 60
Documento: Modificación Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento