Ayudas economicas a las delegaciones federativas de Ibiza/federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza del 15 de noviembre de 2013 hasta el 15 de septiembre de 2014.

Código de ayuda:

S08546/14

Norma:

Ibiza, 3 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a federaciones deportivas de las Islas Baleares para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo del 15 de noviembre de 2013 al 15 de mayo de 2014 y que están supervisadas por el Departamento de Deportes y Juventud del Consell de Ibiza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones de las Islas Baleares, directamente o a través de sus delegaciones en la isla de Ibiza, que realicen programas de seguimiento deportivo en el año 2014 y que estén supervisadas por el Departamento de Deportes y Juventud del Consell de Ibiza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables los gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada.

- Personal técnico, hasta un límite del 50 % de la ayuda concedida.

- Desplazamientos para participar en concentraciones deportivas o competiciones que no sean campeonatos del Mundo, de Europa, de España o de Baleares: transportes, alojamiento y manutención.

- Ropa deportiva o material necesario para el desarrollo de los entrenamientos en el centro de seguimiento.

- Alquiler de instalaciones deportivas.

- Seguros.

- Cuotas de inscripción en competiciones deportivas.

Requisitos:

- Estar registradas en el Registro de Federaciones Deportivas de las Islas Baleares, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte balear y el artículo 1 del Decreto 333/2004 de 2 de abril por cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.

- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Ibiza y de las otras obligaciones con la Agencia Estatal, y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

- No incurrir en ninguna de las prohibiciones por ser beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2014
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 33
Documento: Bases, Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento