Ayudas economicas a las delegaciones federativas de Ibiza, federaciones de las Islas Baleares, para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en la isla de Ibiza.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35619/13

Norma:

Ibiza, 13 de septiembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas económicas dirigidas a federaciones deportivas de las Islas Baleares para el mantenimiento de programas de seguimiento deportivo en el año 2013 y que están supervisadas por el Departamento de Deportes y Juventud del Consell de Ibiza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones de las Islas Baleares, directamente o a través de sus delegaciones en la isla de Ibiza, que realicen programas de seguimiento deportivo en el año 2013 y que estén supervisadas por el Departamento de Deportes y Juventud del Consell de Ibiza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos directamente relacionados con la actividad subvencionada.

- Personal técnico.

- Desplazamientos para participar en concentraciones deportivas o competiciones que no sean campeonatos del Mundo, de Europa, de España o de Baleares: transportes, alojamiento y manutención.

- Ropa deportiva o material necesario para el desarrollo de los entrenamientos en el centro de seguimiento.

- Alquiler de instalaciones deportivas.

- Seguros

- Cuotas de inscripción en competiciones deportivas.

Requisitos:

- Estar registradas en el Registro de Federaciones Deportivas de las Islas Baleares, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte balear y el artículo 1 del Decreto 333/2004 de 2 de abril por cual se regulan las federaciones deportivas de las Islas Baleares.

- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consell de Ibiza y de las otras obligaciones con la Agencia Estatal, y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

- No incurrir en ninguna de las prohibiciones por ser beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y al artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones (de las Islas Baleares), aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

Documentos asociados

Boletín: 19/09/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 129
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento