Ayudas economicas a familias por cuarto y sucesivos hijos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S22900/12

Norma:

ORDEN FORAL 239/2012, de 24 mayo.

Plazo de Solicitud:

Consultar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos
en los años 2011 y 2012.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud. (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) A las familias numerosas de categoría general se les concederá una ayuda económica de 413,89 euros por cada hijo menor de 18 años, a partir del cuarto inclusive.

b) A las familias numerosas de categoría especial se les concederá una ayuda económica de 620,83 euros por cada hijo menor de 18 años, a partir del cuarto inclusive.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los solicitantes cuya unidad familiar ostente la condición de familia numerosa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La concesión de ayudas económicas a familias por cuarto y sucesivos hijos en los años 2011 y 2012.

Requisitos:

a) Estar en posesión del carnet de familia numerosa.

b) Estar empadronado y tener el domicilio fiscal de todos los miembros de la familia, con una antigüedad mínima de dos años o, en caso de no poder acreditar dicho periodo de residencia, acreditar la residencia efectiva en Navarra durante cinco años continuados de los siete inmediatamente anteriores. Se exceptúa del cumplimiento de este requisito a los menores en situación de acogimiento legalmente constituido,
adoptivos o menores que no hayan alcanzado dicha edad y que computen a efectos de la ayuda. En estos casos deberá acreditarse la residencia efectiva en Navarra de dichos menores desde su nacimiento, adopción o acogimiento.

c) Acreditar la convivencia y edad de los hijos de la familia que otorguen derecho a la percepción de esta ayuda.

d) Que la renta de la unidad familiar no supere en siete veces y media el salario mínimo interprofesional de base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Documentos asociados

Boletín: 21/06/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 119
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento