Ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro, clubes náuticos y ayuntamientos, durante el año 2016, dentro el ámbito territorial de la isla de Ibiza.

Código de ayuda:

S40082/16

Norma:

Eivissa, 5 de octubre de 2016.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Tiene por objeto establecer las Bases que tienen que regir la convocatoria de ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro, clubes náuticos y ayuntamientos, durante el año 2016, dentro el ámbito territorial de la isla de Ibiza.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

1. Para entidades juveniles de nueva creación (Modalidad A):

1.1. Entidades juveniles y Entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro creadas a partir del día 1 de enero de 2015 e inscritas en el Censo de Entidades Juveniles de Ibiza.

1.2. Las mencionadas entidades deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

1.3.Asimismo, las entidades en cuestión no deben de estar sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

1.4.No tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa

1.5. Quedan excluidas de estas bases las siguientes entidades:

Escuelas de tiempo libre infantil y juvenil.

Entidades con finalidad lucrativa.

Colegios y asociaciones profesionales.

Entidades deportivas, aunque tengan sección juvenil.

Asociaciones de padres y madres de alumnos de centros docentes

Entidades políticas o sindicales, aunque tengan sección juvenil.

2. Para el mantenimiento de entidades juveniles sin ánimo de lucro, para la organización de actividades extraordinarias y de ocio alternativo (modalidad B):

2.1. Entidades juveniles y Entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro creadas antes del día 1 de enero de 2015 e inscritas en el Censo de Entidades Juveniles de Ibiza.

2.2. Las mencionadas entidades deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

2.3.Asimismo, las entidades en cuestión no deben de estar sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

2.4. No tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa.

2.5.Quedan excluidas de estas bases las siguientes entidades:

Escuelas de tiempo libre infantil y juvenil.

Entidades con finalidad lucrativa.

Entidades deportivas, aunque tengan sección juvenil.

Asociaciones de padres y madres de alumnos de centros docentes

Entidades políticas o sindicales, aunque tengan sección juvenil.

3. Para la formación de educadores de tiempo libre infantiles y juveniles (modalidad C):

3.1. Escuelas de educación de tiempo libre infantil y juvenil que tengan su ámbito de actuación en la isla de biza.

3.2. Las mencionadas entidades deberán de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

3.3. Asimismo, las entidades en cuestión no deben estar sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

3.4. No tener deudas con el Consell Insular d'Eivissa

4. Para el fomento de actividades medioambientales infantiles y juveniles en el medio marino (Modalidad D):

4.1. Se pueden acoger a esta convocatoria los clubs náuticos de la isla de Ibiza, constituidos e inscritos legalmente en el Registro de Asociaciones Deportivas del Govern de les Illes Balears, que desarrollen su labor en la isla de Ibiza durante el año 2016.

4.2. Los beneficiarios deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no encontrarse sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobada por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

4.3.No tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa.

5. Para la creación y potenciación de servicios de información juvenil por parte de los Ayuntamientos de Ibiza (Modalidad E):

5.1. Se pueden acoger a esta convocatoria todos los Ayuntamientos de la isla de Ibiza. Es decir:

Ayuntamiento d’Eivissa

Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia

Ayuntamiento de Sant Antonio de Portmany

Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu

Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja

5.2. Los mencionados ayuntamientos no deben tener deudas con el Consell Insular d’Eivissa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Ayudas para entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro de nueva creación.

B. Ayudas para entidades juveniles y entidades prestadoras de servicios a la juventud sin ánimo de lucro para su mantenimiento y para la organización de actividades extraordinarias y de ocio alternativo.

C. Ayudas para Escuelas de tiempo libre infantil y juvenil para la formación de educadores de tiempo libre.

D. Ayudas para los clubs náuticos para el fomento de actividades medio ambientales y educativas infantiles y juveniles en el medio marino.

E. Ayudas para los Ayuntamientos para la creación y consolidación de los servicios de información joven.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras 2016 y Anexos Descargar Documento