Ayudas economicas a empresas y centros de investigacion para la transferencia de tecnologia.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S38919/12

Norma:

Resolución de 11 de octubre de 2012. Resolución de 1 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas a empresas y centros de
investigación para la transferencia de tecnología durante 2012.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Empleo, Industria y Turismo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Aquellas empresas, cualquiera que sea su origen, que tengan su domicilio social o un establecimiento productivo en el Principado de Asturias. A los efectos de las presentes bases, se entiende por “empresa”, la persona jurídica, cualquiera que sea su régimen jurídico, que esté válidamente constituida en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y cuya actividad principal consista en la producción de bienes y servicios destinados al mercado. Los empresarios individuales se considerarán equiparados a esta categoría.

b) Agrupaciones o asociaciones de empresas con domicilio social en el Principado de Aasturias dotadas de personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar.

c) Los Centros Públicos de I+D y los Centros Tecnológicos que estén ubicados en el Principado de Asturias. A estos efectos, se entiende por:

• Centro público de I+D: Las Universidades Públicas, los Organismos Públicos de Investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986 y, en general, cualquier centro de I+D dependiente de las administraciones públicas incluidos los Centros Tecnológicos cuando su propiedad y gestión sea
mayoritaria de las administraciones públicas.

• Centro Tecnológico: Los Centros de Innovación y Tecnología reconocidos y registrados como tales según el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, y que no presenten en su propiedad u órgano de gobierno una mayoría de representación de las administraciones públicas.

d) Cualquier otra entidad pública o privada sin ánimo de lucro, tales como Sociedades Científicas, Fundaciones, Colegios Profesionales y similares dotadas de personalidad jurídica propia con capacidad y actividad demostrada en actividades de I+D+i.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La transferencia de tecnología.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 22/10/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 245
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento