Ayudas económicas a empresas periodísticas y de radiodifusión.

Código de ayuda:

S15873/04

Norma:

Orden de 28 de mayo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/07/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a empresas periodísticas y de radiodifusión.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada subvención individualizada no superará el 50% del importe total del presupuesto de las ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas periodísticas situadas en Galicia y debidamente inscritas en el Registro Mercantil o en el que le corresponda
según la forma empresarial que adopten.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las dirigidas a las empresas que publiquen o difundan informaciones, programas, artículos, reportajes, colaboraciones o secciones orientadas a alentar la defensa de la identidad de Galicia, a promocionar sus valores, a la normalización de la lengua y la difusión de su cultura.
En su producción informativa deberá tener un especial protagonismo el idioma gallego.

Quedan excluidos de la concesión de ayudas:
a) Los boletines interiores de instituciones.
b) Las publicaciones de partidos políticos, asociaciones religiosas o entidades públicas.
c) Las de distribución gratuita.
d) Las empresas que emitan a través de señal de televisión.

Requisitos:

Se entenderá:
a) Por empresas periodísticas, las que tengan por objeto de actividad, entre otras, la edición y distribución de periódicos diarios con el mismo título y numeración sucesiva, las empresas radiofónicas privadas y aquéllas que transmitan su actividad informativa diaria a través de internet, vía satélite o por cualquier otro sistema que emplee soportes de las nuevas tecnologías de la comunicación.
b) Por empresas situadas en Galicia, aquéllas que cuenten con una plantilla estable de, al menos, cinco trabajadores y que realicen y difundan toda o parte de su producción informativa de forma específica en el territorio de la comunidad autónoma.

Documentos asociados

Boletín: 04/06/2004
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 107
Documento: Convocatoria Descargar Documento