Ayudas económicas a deportistas de la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S58791/05

Norma:

Orden de 15 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar y establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas económicas a deportistas de la Región de Murcia no incluidos en el programa de promesas olímpicas y paralímpicas, que acrediten la obtención de resultados deportivos susceptibles de valoración conforme a lo dispuesto en la presente Orden, con la finalidad de posibilitar el desarrollo o consolidación de su rendimiento deportivo y perfeccionamiento técnico, siendo de interés para la promoción del deporte en la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Presidencia (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la presente Orden en el ejercicio 2006.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los deportistas de la Región de Murcia.

Requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) Tener la condición de murciano en el sentido que regula el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia.
c) Poseer licencia federativa por la correspondiente Federación Deportiva de la Región de Murcia desde el 1 de enero de 2005.
d) Haber obtenido, durante el año 2005, algún resultado puntuable, de conformidad con los criterios de valoración recogidos en la presente Orden.

En atención a la naturaleza de la subvención, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, los beneficiarios de la ayuda deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
c) No estar incurso en ninguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones, que le impida obtener la condición de beneficiario.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 295
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento