Ayudas economicas a Entidades sin fines de lucro por actividades desarrolladas en el area de la Educacion de las Personas Adultas.
Código de ayuda:
S26419/08Norma:
ORDEN de 11 de marzo 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/05/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a Entidades radicadas en la ComunidadAutónoma que, sin finalidad de lucro, están colaborando durante el curso 2007-2008 en el área de la Educación de las Personas Adultas a nivel de Formación Básica.
A la financiación de la presente convocatoria se destinará un máximo de 73.848,00 euros.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la ayuda podrá alcanzar al 100% del presupuesto que resulte aprobado.Los criterios a utilizar para la determinación de la cuantía de las subvenciones son los siguientes:
a) El 70% del presupuesto global se distribuirá entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, proporcionalmente a la puntuación global obtenida según los criterios del artículo 8.
De dicha cantidad se deducirá, en su caso, la cuota abonada por el alumnado.
b) El 20% del presupuesto se dividirá por el número total de alumnos/as que están cursando enseñanzas de
Formación Básica conducentes a la obtención de título con validez oficial en las entidades seleccionadas, calculando de esta forma la cantidad que le corresponde a cada entidad según el número de alumnos/as atendidos/as.
c) El 5% se distribuirá de forma proporcional a la puntuación obtenida en función de la calidad pedagógica
del proyecto presentado.
d) El 5% se distribuirá de forma proporcional a la puntuación obtenida por la atención a grupos marginados
o especialmente desfavorecidos.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas por la presente convocatoria las Entidades, Instituciones, o, en general, colectivos constituidos legalmente que tengan autorizadas las actividades de Educación de las Personas Adultas a nivel de Formación Básica y que no tengan fines de lucro en esta ni en otras actividades educativas que puedan desarrollar y siempre que cumplan los requisitos exigidos por la presente Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El objeto de las ayudas reguladas en la presente Orden lo constituyen las actividades de Educación de lasPersonas Adultas a nivel de Formación Básica conducentes a la obtención de título con validez oficial.
Dichas actividades deberán realizarse durante el curso 2007-2008, abarcar el curso completo y cumplir los
requisitos establecidos por la Orden de 29 de mayo de 1998, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que establece el currículo específico de formación básica para las personas adultas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y por la Orden de 10 de julio de 1998, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que implanta las enseñanzas de formación básica para las personas adultas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Documentos asociados
Boletín:
14/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 70
Documento: Convocatoria curso 2007-2008 y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 70
Documento: Convocatoria curso 2007-2008 y Anexos Descargar Documento