Ayudas económicas a Centros Tecnológicos en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S17837/10

Norma:

Resolucion de 1 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Según convocatoria correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las condiciones a las que habrán de sujetarse las convocatorias de ayudas económicas, en forma de subvención en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, a Centros Tecnológicos en el Principado de asturias.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se convoquen al amparo de las presentes bases los Centros de Innovación y Tecnología que cumplan los tres siguientes requisitos:

• Estar en la situación regulada por la disposición transitoria única del Real Decreto 2093/2008, de 19 de
diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de apoyo a la innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el registro de tales Centros.

• Tener su domicilio social en el Principado de Asturias.

• Y no encontrarse inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Capacitación de los recursos humanos.

a) La contratación de titulados universitarios de cualquier grado y titulados de Formación Profesional para
formarse como personal investigador o de apoyo técnico a la investigación de los centros tecnológicos. La
contratación al amparo de esta convocatoria deberá ser a tiempo completo y tener una duración mínima
de 12 meses.

b) La contratación de investigadores de reconocido prestigio que permitan consolidar grupos de i+d de reconocida solvencia nacional e internacional en áreas específicas de la actividad del centro.

c) El desarrollo de un programa de formación específica, entendida como formación integral, cursos, seminarios, congresos, tanto para las personas de nueva contratación como para el personal que ya forma parte de los Centros Tecnológicos. esta formación incluirá tantas acciones formativas sean necesarias, asistencia a cursos, seminarios, congresos o similares, para convertir al Centro Tecnológico del que forman parte en referencia nacional e internacional en las áreas estratégicas actuales o potenciales definidas en su plan estratégico.

d) el desarrollo de un programa de intercambio con otros centros nacionales o extranjeros con el objeto de
que los investigadores de los Centros Tecnológicos se formen y tomen contacto con los mejores grupos de
investigación y en centros de prestigio de sus áreas de investigación.

e) el desarrollo de un programa de intercambio con empresas que permita al personal investigador conocer
la realidad empresarial para con posterioridad poder responder con éxito a la problemática tecnológica que
plantean las empresas a los centros tecnológicos o continuar su desarrollo profesional en las mismas.

2. Lanzamiento y consolidación de áreas de actividad en sectores estratégicos.

a) actividades de captación y formación de alto nivel del equipo investigador que pueden incluir la recuperación de agentes científico-tecnológicos formados en el extranjero.

b) Actividades vinculadas a la firma de acuerdos de cooperación nacional e internacional.

c) Desarrollo de infraestructuras y adquisición de equipamiento científico avanzado necesario para iniciar la
actividad en el sector cuyo conocimiento se va a explorar.

3. Inversiones en infraestructuras claves de líneas de actividad existentes.

a) Inversiones en equipamiento científico técnico o mejora de las instalaciones necesarias para llevar a cabo las actividades.

b) Gastos de personal. Se financiará los gastos de personal propio del Centro vinculados al proceso de ejecución del programa de inversiones.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento