Ayudas e incentivos a trabajadores y empresas que participen en las actividades puestas en marcha en el marco del Plan de Dinamización Económica de los Municipios Mineros de Castilla y León y del expediente del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización - FEAG.

Código de ayuda:

S45455/18

Norma:

ORDEN EYH/926/2018, de 20 de agosto. Resolución de 17 de septiembre de 2018. Resolución de 23 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Programa 1: Hasta el 21/12/2018; Programa 2: Hasta el 30/10/2018. Programa 3: Hasta el 14/12/18.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas e incentivos regulados en este Anexo I tienen como finalidad promover medidas para mejorar las competencias para la búsqueda de empleo, mediante actuaciones de orientación y formación que fomenten su inserción laboral tanto por cuenta propia como ajena, mejorando la empleabilidad de aquellos trabajadores que se adhieran y participen activamente en las actividades propuestas.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el Programa 1- Ayudas para emprender, la cuantía máxima de la ayuda por todos los conceptos previstos como gastos subvencionables será de hasta 15.000 €.

Para el Programa 2- Incentivos para apoyar y fomentar la participación activa de los trabajadores en las actuaciones de búsqueda de empleo y formación.

Programa 2.a.– Incentivos para el desplazamiento:

El kilometraje realizado, en el caso de uso de vehículo propio a razón de 0,19 euros/km.

Para el cálculo del importe del incentivo se estará a lo dispuesto en las Tablas de Kilometraje elaboradas al efecto de esta convocatoria.

Los costes de los billetes, si se usa transporte público, siempre desde el punto donde este fijada su residencia habitual y el lugar donde se realice la actuación subvencionable.

Programa 2.b.– Incentivos para la conciliación: Se abonará la cantidad de 15 euros por día de asistencia a las acciones subvencionables a aquellos solicitantes que tengan responsabilidades familiares, ya sean hijos menores de 14 años o familiares a su cargo con el que convivan y estén empadronados en su residencia y tengan reconocida su situación de dependencia o un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Programa 2.c.– Incentivos para el retorno a procesos formativos: La cuantía del incentivo para el retorno a los procesos formativos será de entre 100 € y 600 € en función de las horas lectivas de la acción formativa. El importe se ajustará a lo siguiente:

– Acciones formativas de entre 25 y 50 horas la cuantía ascenderá a 100 €.

– Acciones formativas de entre 51 y 100 horas la cuantía ascenderá a 200 €.

– Acciones formativas de entre 101 y 200 horas la cuantía ascenderá a 300 €.

– Acciones formativas de entre 201 y 325 horas la cuantía ascenderá a 400 €.

– Acciones formativas de entre 326 y 450 horas la cuantía ascenderá a 500 €.

– Acciones formativas de más de 450 horas la cuantía ascenderá a 600 €.

P.3.- Incentivos a empresas para la contratación de trabajadores por cuenta ajena.

Importe total de la convocatoria 183.333,33 euros.

Porcentaje máximo de ayuda 100% (Máximo 5.000 €).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a. Trabajadores despedidos de las empresas de la minería del carbón (CNAE 05) en el período comprendido entre el 1 de febrero y el 31 de octubre de 2016, incluidos en la solicitud de financiación presentada al FEAG. (Expediente «EGF/2017/001ES/Castilla y León mining»).

b. Colectivo de jóvenes desempleados menores de 30 años, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, empadronados en alguno de los 81 municipios mineros de Castilla y León incluidos en el RD 1112/2007 de 24 de agosto, que establece el régimen de ayudas al desarrollo de las infraestructuras en las
comarcas mineras del carbón.

c. Trabajadores despedidos de empresas mineras (CNAE 05) fuera del período indicado en el punto primero, o trabajadores despedidos de empresas auxiliares de la minería.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

P.1.– Ayuda para emprender: Facilitar a los trabajadores y desempleados la iniciación de una actividad por cuenta propia y que se den de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social, así como la creación o adquisición de empresas, por parte de éstos.

P.2.– Incentivos para apoyar y fomentar la participación activa de los trabajadores y desempleados en las actuaciones de búsqueda de empleo y formación.

P.2.a.– Incentivos para el desplazamiento: Contribuir a los gastos de desplazamiento en que incurra el solicitante al objeto de asistir a las medidas propuestas que mejoren su empleabilidad.

P.2.b.– Incentivos para la conciliación: Permitir compatibilizar la asistencia a las actuaciones propuestas que mejoren su empleabilidad con las diferentes responsabilidades familiares que puedan afectar a los solicitantes.

P.2.c.– Incentivos para el retorno a procesos formativos: Incentivar el retorno a los procesos formativos que permita obtener una cualificación profesional reconocida tanto en el ámbito laboral como académico que mejore la empleabilidad del solicitante.

P.3.- Incentivos a empresas para la contratación de trabajadores por cuenta ajena.

Documentos asociados

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