Ayudas dirigidas al apoyo a la prestación de servicios de asesoramiento (Intervención 7202.02. Asesoramiento específico en sanidad y bienestar animal), previstas en la orden que se cita.
Código de ayuda:
S17928/26Norma:
Resolución de 16 de junio de 2026. Orden de 8 de abril de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Estas subvenciones tendrán por objeto la concesión de subvenciones para la prestación de servicios de asesoramiento, a través de las personas veterinarias de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, a las personas titulares de explotaciones ganaderas andaluzas de las especies bovino, ovino, caprino, porcino, aves de corral y especies de acuicultura, en materias relacionadas con la sanidad y el bienestar animal de acuerdo con el Plan Estratégico de la PAC de España 2023/2027.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
AndalucíaConvoca:
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El coste unitario del servicio de asesoramiento al que hace referencia el apartado 5del cuadro resumen de la Orden de 8 de abril de 2024, queda establecido en 307,69 euros.
2. La cuantía de la subvención se calculará multiplicando el número de asesoramientos
elegibles prestados por la entidad solicitante durante el periodo de ejecución, por el coste
unitario de dicho servicio indicado en el apartado anterior.
3. Será subvencionable el 100% de los gastos en los que incurra la entidad beneficiaria
por la prestación de un servicio de asesoramiento imparcial, a través de las personas
veterinarias de las ADSG, a las personas titulares de explotaciones ganaderas andaluzas
de las especies bovino, ovino, caprino, porcino, aves de corral y especies de acuicultura,
que no estén excluidas del ámbito de aplicación del Real Decreto 346/2025, de 22 de abril,
por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de
sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación,
según su artículo 1.3 y su Anexo I para la que esté designada como veterinario de
explotación por el titular de la explotación ganadera ubicada en la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en materias relacionadas con la sanidad y el bienestar animal de acuerdo
con el Plan Estratégico de la PAC de España 2023/2027.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) que estén oficialmente reconocidas e inscritas en Andalucía en la sección de ADSG del Registro Único de Ganadería de Andalucía establecido en el Decreto 65/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan las condiciones de sanidad animal y zootécnicas de los animales, así como en el Registro nacional de ADSG regulado por elReal Decreto 842/2011, de 17 de junio.
Documentos asociados
Boletín:
12/04/2024
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
26/06/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
26/06/2026
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 122
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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