Ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras.

Código de ayuda:

S13128/05

Norma:

Resolución de 21 de enero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas de la minería del carbón y su entorno con el fin último de generar actividades económicas alternativas a la minería del carbón, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo en dichas zonas.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas privadas y públicas.
Trabajadores autónomos.
Cooperativas o cualquier otra sociedad o asociación laboral.

Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que se localicen en los siguientes municipios que estén recogidos en el mapa de ayudas regionales, y cuyo detalle se recoge en los anexos junto con los límites máximos de intensidad aplicables a ellos, de conformidad con lo establecido en las Directrices sobre las Ayudas de Estado de Finalidad Regional:
1. Municipios de la comarca del Bierzo. Anexo número 1 de Bases Reguladoras.
2. Municipio de Puertollano. El límite máximo de intensidad de ayuda admisible es del 40 por 100, en términos de Subvención Neta Equivalente (SNE).
3. Municipios incluidos en el Programa Operativo de la Iniciativa Comunitaria RECHAR. Anexo número 2 de Bases Reguladoras.
4. Municipios limítrofes a los especificados en el punto anterior. Anexo número 3 de Bases Reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo pertenecientes a todas las actividades económicas, susceptibles de recibir ayudas de acuerdo con la normativa nacional y comunitaria aplicable, con las siguientes excepciones:
Las de extracción y tratamiento de carbón y sus actividades auxiliares.
Los proyectos comprendidos en el sector servicios.

No obstante lo anterior, serán subvencionables aquellos proyectos del sector servicios cuya actividad sea la de fomento del turismo rural, que acrediten su interés para el desarrollo de la zona en que se localicen mediante un certificado de su Comunidad Autónoma o un informe de la Secretaría General de Turismo.
Se excluirán, en todo caso, las actividades de: Bares, restaurantes, concesionarios de automóviles, comercio minorista, lavanderías, peluquerías, tintorerías y despachos profesionales.

Asimismo, también serán subvencionables aquellos proyectos del sector servicios destinados al desarrollo de la sociedad de la información y de las nuevas tecnologías.

Documentos asociados

Boletín: 05/01/2002
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 5
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/02/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 27
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 01/02/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 27
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 76
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento