Ayudas dirigidas a la consolidacion de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economia social de la Comunidad Autonoma de Euskadi.- Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S61964/10Norma:
ORDEN de 21 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/12/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
La regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, podrá otorgar durante el ejercicio 2010 para la consolidación de las estructuras asociativas de entidades de economía social de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, contando con personalidad jurídica propia, asocien, para la representación y defensa de sus intereses comunes, a:a) Sociedades Laborales y a cooperativas de trabajo asociado.
b) Cooperativas distintas del trabajo asociado y entidades asociativas de carácter confederal.
c) Entidades asociativas de la economía solidaria, las asociaciones de los centros especiales de empleo y
las organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos que tengan al menos dos años de antigüedad.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) Ayudas a Sociedades Laborales y a cooperativas de trabajo asociado: la cantidad máxima que puede recibir cada entidad beneficiaria solicitante será de 180.250 euros.b) Ayudas a Cooperativas distintas del trabajo asociado y entidades asociativas de carácter confederal: la cuantía máxima será de 50.000 euros por solicitante.
c) Ayudas a Entidades asociativas de la economía solidaria, las asociaciones de los centros especiales de empleo y las organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos que tengan al menos dos años de antigüedad: 75.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Sociedades Laborales y a cooperativas de trabajo asociado.b) Cooperativas distintas del trabajo asociado y entidades asociativas de carácter confederal.
c) Entidades asociativas de la economía solidaria, las asociaciones de los centros especiales de empleo y
las organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos que tengan al menos dos años de antigüedad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Los gastos de personal al servicio de la entidad asociativa, incluyendo todos los relacionados con elpuesto de trabajo y actividades derivadas del mismo.
b) Los gastos de funcionamiento incluidos los de compensación por asistencia a Consejos Rectores y
Comisiones y las cuotas abonadas a las entidades representativas en las que participe.
c) Los gastos externos relacionados con las actividades ordinarias de la estructura, tales como informes
jurídicos, auditorias, defensa y protección de marcas, entre otros.
d) El importe de las amortizaciones correspondientes al inmovilizado propiedad de la entidad.
Documentos asociados
Boletín:
17/11/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 221
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 221
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento