Ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto "Industria Conectada 4.0".- Convocatoria Castilla La Mancha 2017.

Código de ayuda:

S43873/17

Norma:

Orden EIC/743/2017, de 28 de julio. Resolución de 30 de agosto de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de septiembre de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 6.935

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto que se pretende con estas ayudas es impulsar la transformación digital de la industria española a través de las empresas industriales. Las ayudas en especie objeto de esta convocatoria consisten en la recepción de un asesoramiento especializado e individualizado que incluirá un diagnóstico de la situación de partida de la empresa beneficiaria y la elaboración de un plan de transformación digital. El asesoramiento se prestará a través de reuniones individualizadas con las empresas beneficiarias y la realización de talleres temáticos y demostrativos de apoyo al asesoramiento, con un mínimo de 50 horas
de asesoramiento individualizado. Dicho asesoramiento tendrá la condición de ayudas en especie.

La empresa beneficiaria recibirá dentro del asesoramiento especializado los siguientes servicios:

Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.

Plan de Transformación que incluirá la definición de las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.

Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.

Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El gasto total para esta convocatoria será de cincuenta y cinco mil cuatrocientos ochenta euros (55.480,00 €) y se realizará con cargo al presupuesto de gastos del Convenio de colaboración suscrito entre la Fundación EOI y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, concretamente se cofinancia:
Veintisiete mil setecientos veinte euros (27.720,00 €), por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Veintisiete mil setecientos sesenta euros (27.760,00 €) por la Fundación EOI con cargo a la transferencia de capital de la Secretaría General de Industria y de la PYME del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad consignada en la siguiente partida presupuestaria: 27.16.433M.74702.

El precio del servicio objeto de ayuda es de diez mil cuatrocientos euros (10.400,00 €) por empresa industrial beneficiaria, impuestos incluidos.

La Fundación EOI concederá una subvención bajo la modalidad de ayuda en especie con una cuantía máxima individualizada de seis mil novecientos treinta y cinco euros (6.935,00 €) por empresa industrial beneficiaria, que complete el proceso de asesoramiento.

La empresa beneficiaria contribuirá al servicio abonando tres mil cuatrocientos sesenta y cinco euros (3.465,00 €). Para que se proceda a la realización del asesoramiento, se requerirá a la empresa beneficiaria que haya efectuado previamente a la Fundación EOI un pago a cuenta del 20 % del importe del total de la cuantía que le corresponda aportar por el asesoramiento a dicha empresa beneficiaria, una vez efectuada la visita preliminar a la misma. Dicho pago a cuenta será deducido del importe total a abonar a la Fundación EOI a la finalización del asesoramiento.

La empresa beneficiaria abonará el resto del importe que le corresponde, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Fundación en la convocatoria, en el plazo máximo de 30 días naturales desde la emisión de la factura. Dicha emisión se realizará a la finalización del asesoramiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de empresas beneficiarias, las empresas industriales que tengan su domicilio social o un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que, en su condición de tales, desarrollan o van a desarrollar una actividad industrial productiva si su objeto social se refiere a actividades encuadradas en la Sección C - Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 212
Documento: Convocatoria Castilla La Mancha 2017 Descargar Documento
Boletín: 02/08/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/09/2017
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 212
Documento: Convocatoria 2017 Castilla La Mancha (Extracto) Descargar Documento