Ayudas dirigidas a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención y control del VIH/sida, hepatitis C (HC) e infecciones de transmisión sexual (ITS) en el País Vasco.
Código de ayuda:
S19264/26Norma:
ORDEN de 23 de junio de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de agosto de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas dirigidas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que durante 2026 desarrollen en la Comunidad Autónoma de Euskadi actuaciones de prevención y control de la infección por VIH/sida, hepatitis C o infecciones de transmisión sexual (ITS). Se dará prioridad a las actuaciones destinadas a los colectivos más vulnerables a nivel socio económico, sin exclusión de las actuaciones que tengan por destinataria a la población en general, conforme a los criterios de valoración dispuestos en la base 11 de esta Orden.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
País VascoConvoca:
Departamento de Salud (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
En el caso de que un proyecto se considere subvencionable, la cuantía de la ayuda no superará en ningún caso:a) El de la cantidad solicitada.
b) El 80 % del presupuesto total del gasto subvencionable.
c) 25.000 euros por proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Personal propio de la entidad (nóminas y gastos de Seguridad Social).b) Servicios de profesionales independientes.
c) Equipamientos y materiales.
d) Publicaciones y actividades de comunicación.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo oficialcorrespondiente a su naturaleza jurídica (fundación, asociación u otras) y al territorio donde tenga
establecido su domicilio social, con al menos un año de antelación a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.
b) Carecer de ánimo de lucro.
c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 13 de febrero de 2023, del consejero de Economía y Hacienda, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.
d) No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones que para acceder a la condición de entidad beneficiaria establece el artículo 13.1 y 4 de la LRRS.
Documentos asociados
Boletín:
10/07/2026
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 130
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 130
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
