Ayudas destinadas al fomento del empleo estable y otras medidas para la creacion de empleo para el ejercicio 2008.

Código de ayuda:

S00446/08

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Con carácter general hasta el 30 de septiembre de 2008 (consultar excepciones).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene como objeto establecer incentivos para el fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo, con la finalidad de crear puestos de trabajo, así como favorecer la inserción de los colectivos desempleados con mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, a través de los siguientes programas de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial
b) Plan especial de empleo estable.
c) Reparto del tiempo de trabajo y conciliación de la vida familiar y laboral.
d) Otras medidas de apoyo a la creación de empleo estable
e) Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias.

Las contrataciones y demás acciones apoyables recogidas en los distintos programas deberán desarrollarse en 2008.
En el programa de ayudas a la contratación de personas con discapacidad del Título VI resultarán asimismo subvencionables los contratos efectuados en el último trimestre de 2007 que se encuentren vigentes en el momento de la solicitud.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas establecidas en la presente orden:

En calidad de empleadoras: Las empresas, cualesquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana, que concierten los contratos subvencionables para su ejecución exclusiva en centros de trabajo radicados en dicha Comunitat, siempre que, además, reúnan los requisitos y las condiciones que se establecen en la
presente orden.

Para las ayudas reguladas en el Capítulo II del Título VI de la orden podrán ser beneficiarios los empleadores, cualquiera que sea su forma jurídica, que cumplan el requisito de ubicación del centro de
trabajo y el resto de requisitos de la convocatoria.

Los trabajadores que dejen de prestar servicios en la empresa o disminuyan su jornada laboral, en los casos previstos en el título IV, capítulos IV y V de la presente orden.

En ningún caso podrán resultar beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan realizar las actuaciones que darían derecho a las ayudas.
Asimismo, tampoco podrán acogerse a las ayudas reguladas en la presente convocatoria las sociedades civiles.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar los distintos programas en:

TÍTULO II - Programa de Incentivos a las Contrataciones Indefinidas Iniciales:

CAPÍTULO II: Empleo estable para jóvenes.
CAPÍTULO III: Empleo estable para la mujer.
CAPÍTULO IV: Empleo estable para mayores de 45 años y parados de larga duración.

TÍTULO III - Plan Especial de Empleo Estable.

TÍTULO IV - Reparto del tiempo de trabajo, y conciliación de la vida familiar y laboral:

CAPÍTULO II: Programa de incentivos a los contratos indefinidos celebrados como consecuencia de acuerdo en la empresa para conseguir una más eficaz organización del tiempo de trabajo.
CAPÍTULO III: Programa de incentivos a las contrataciones que se realicen al objeto de sustituir horas extraordinarias.
CAPÍTULO IV: Programa de incentivos a las nuevas contrataciones a tiempo parcial para realizar la jornada de trabajo que quede libre debido a la jubilación parcial de trabajadores de la empresa.
CAPÍTULO V: Programa de incentivos a las nuevas contrataciones por ausencias legales del trabajador.
CAPÍTULO VI: Programa de ayudas para la celebración de contratos de interinidad destinados a cubrir las ausencias de los trabajadores para asistencia a la familia.

TÍTULO V - Otras medidas de apoyo a la creación de empleo estable.

TÍTULO VI - Contratación de trabajadores con discapacidad por empresas ordinarias:

CAPÍTULO II: Programa de apoyo a la contratación indefinida ordinaria de trabajadores con discapacidad.
CAPÍTULO III: Programa de apoyo a la contratación temporal de personas con discapacidad.

Requisitos:

1.- Con carácter general y a excepción de lo previsto en los párrafos siguientes, el plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la presente orden hasta el 30 de septiembre
de 2008.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses siguientes a la fecha en que se efectúe la contratación objeto de la ayuda.
Para las contrataciones formalizadas en el periodo del ejercicio 2008 previo a la publicación de la presente convocatoria, el cómputo del plazo de dos meses se iniciará a partir del 03/01/08.

2.- Para las ayudas del Título III, plan especial de empleo estable, el plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta días naturales a contar desde el 03/01/08.

3.- Para las ayudas recogidas en el Título VI de la convocatoria el plazo de presentación de solicitudes finalizará el 31 de octubre de 2008. Las solicitudes referidas al mantenimiento de contratos o transformaciones previstos en dicho título y formalizados en los tres últimos meses de 2007, deberán presentarse en el plazo máximo de dos meses desde el 03/01/08.

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5671
Documento: Convocatoria Descargar Documento