Ayudas destinadas al fomento del bienestar animal - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S22937/09Norma:
ORDEN AYG/669/2009, de 10 de marzo. ORDEN AYG/745/2009, de 26 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas que convoque la Consejería de Agricultura y Ganaderíadestinadas a la mejora del bienestar animal, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y personas jurídicas que, siendo titulares de explotaciones avícolas y/o porcinas de reproducción en régimen intensivo localizadas en territorio de Castilla y León, suscriban contratos a travésde los cuales se comprometan a mejorar en sus explotaciones las condiciones de bienestar animal impuestas por la normativa vigente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Aquellas que contribuyan de una forma clara a mejorar las condiciones de bienestar animal impuestas en la normativa mediante el cumplimiento de los compromisos recogidos en el contrato que en su momento se suscriba y a los que se refieren el artículo siguiente, aplicados en:a) Explotaciones avícolas dedicadas a la producción de huevos y carne.
b) Explotaciones porcinas con hembras reproductoras en régimen intensivo.
Requisitos:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.b) Que la explotación para la que solicite la ayuda esté inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León (REGA).
c) Que el solicitante cumpla las condiciones de producción que se establecen en esta Orden y en la correspondiente convocatoria.
d) Que el solicitante cumpla la normativa sectorial en materia de sanidad animal y específicamente la contenida en el Real Decreto 636/2006, de 26 de mayo, por el que se establecen las bases del programa
nacional de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszsky para la especie porcina y la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional para la avicultura de puesta.
e) Que el solicitante no haya sido sancionado con carácter firme por la comisión de una infracción en materia de bienestar animal.
f) Que en la explotación se lleve a cabo una adecuada gestión de residuos y de subproductos animales no destinados a consumo humano.
Documentos asociados
Boletín:
25/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 57
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 57
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
30/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
22/04/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín:
22/04/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 75
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento