Ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganaderia ecologica.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S08191/15

Norma:

Palma, 27 de febrero de 2015. Orden de 19 de febrero de 2015. Palma, 9 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria, correspondiente al año 2015, de las ayudas destinadas al fomento de pastos para el aprovechamiento de la ganadería ecológica, de acuerdo con lo que se prevé en la Orden de bases reguladoras de la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020, aprobado mediante la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears nº 29 , de 26 de febrero de 2015.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La prima anual aplicable será de 200€/ha. La ayuda se calculará en función de las UGM certificadas como ecológicas, estableciendo una equivalencia de 1UGM=1Ha de pastos.

Esta prima se incrementará un 10% adicional si el beneficiario renuncia a un 5% de la concesión de agua de la que dispone.

Las ayudas concedidas por hectárea en ningún caso superarán los importes máximos que se establecen en el Anexo II del Reglamento (CE) nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 y que son: 600,00€/ha/año para cultivos anuales y 900,00/ha/año para cultivos perennes especializados.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones sin personalidad jurídica, que antes de dictarse la propuesta de resolución, cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El cultivo y mantenimiento de superficies de pastos ecológicos, de acuerdo con la normativa genérica y específica sobre agricultura ecológica y en los términos previstos en el artículo 29 del Reglamento (UE) nº 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo.

Requisitos:

a) Se comprometan a adoptar o mantener las prácticas y métodos de agricultura ecológica definidos en el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos; así como cumplir con el resto de los compromisos previstos en el apartado noveno de esta Resolución.

b) Que tengan la condición de agricultor activo en el sentido del artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1307/2013 y en el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, y en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir del 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

c) Que estén inscritas en el Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica y cumplan con todas las obligaciones que se derivan del mismo.

d) Que sean titulares de una explotación agraria que cumpla los requisitos previstos en el punto 2 de este apartado.

Documentos asociados

Boletín: 26/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/02/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 30
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 11/06/2015
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 87
Documento: Modificación Descargar Documento