Ayudas destinadas al desarrollo de la Innovacion y la Excelencia en el sector de Distribucion Comercial.- Convocatoria 2012.- Modificación de la ayuda.

Código de ayuda:

S41464/11

Norma:

ORDEN de 27 de julio de 2011. RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2011. RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2012. ORDEN de 30 de julio de 2014.

Plazo de Solicitud:

a) Realización de Actividades Divulgativas: hasta el 30/04/12; b) Implantación de la UNE 175.001: hasta 29/06/12.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria para el ejercicio 2012 de las ayudas previstas en la Orden de 27 de julio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio, y Turismo, destinadas al desarrollo de la Innovación y Excelencia en el sector de Distribución Comercial.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Para las entidades que realicen actividades relacionadas en el párrafo 1 del artículo 6:

a) Por la Implantación y primera certificación de la Norma UNE 175.001 de Calidad en el Servicio para el Pequeño Comercio, la cuantía de la subvención no superará el 80% de los gastos externos de consultoría, ni la cuantía máxima sobrepasará los 1.100 euros por establecimiento comercial que obtenga el certificado.

b) Proyectos de implantación de Comercio Excelente: nivel intermedio, Q bronce. La cuantía de la subvención no superará el 90% de los gastos externos de consultoría y quedará determinada en función de los niveles de avance justificado en el proceso de Excelencia por la empresa, en el ejercicio en el que se solicitan las ayudas.

1.– Seguimiento integro del proceso de mejora del comercio por parte del Tutor: máximo de 400 euros por empresa, que se desglosará de la siguiente manera: un 25% por la realización del autodiagnóstico. Un 25% por la justificación de al menos el 50% del proceso de formación para la certificación. El 50% restante tras la obtención de la certificación.

2.– Autodiagnóstico tutorizado: máximo de 200 euros por empresa.

3.– Formación tutorizada: máximo de 2.580 euros por empresa, con un peso de un 20% de cada una de las áreas siguientes:

– Estrategia Empresarial.

– Gestión de personal.

– Gestión de recursos.

– Gestión de procesos y clientes.

– Resultados.

Por tanto, el importe máximo a subvencionar por los 3 apartados será de 3.180 euros.

En el supuesto de que en el año no se desarrollen la totalidad de los módulos necesarios para obtener la correspondiente certificación, se podrá hacer un libramiento parcial de recursos, previa certificación de la Entidad encargada del seguimiento y validación de las acciones y procedimientos de implantación.

Se podrá transferir parte de la dotación económica de uno módulo a otro, siempre que se justifique por un incremento de horas de dedicación para su preparación; en cualquier caso, nunca se podrá sobrepasar el límite económico establecido en el apartado anterior.

2.– Para las Fundaciones de promoción de la Calidad.

Será subvencionable el 100% de las actividades desarrolladas y aprobadas por el Dpto. de Industria, Innovación Comercio y Turismo destinadas a garantizar el funcionamiento y coordinación de los elementos intervinientes en los procesos de mejora de la gestión y la innovación del comercio en su avance hacia la excelencia. El importe fijo por este concepto será de un máximo de 60.000 euros. Esta cantidad se destinará a: financiación del coste del personal dedicado al programa, a razón de 60 euros por hora; actualización de la aplicación informática para la gestión de la información, por un importe máximo de 2.000 euros; y al pago de las dietas de los evaluadores, a razón de 80 euros/día. Así mismo, recibirán una subvención variable de 1.040 euros por proyecto empresarial evaluado.

Para la consecución de este objetivo, las organizaciones para el desarrollo de la calidad pondrán a disposición del proyecto los medios humanos y materiales necesarios para su adecuado control, desarrollo y seguimiento, realizando las acciones precisas para garantizar el funcionamiento coordinado de todos los elementos intervinientes en las acciones que se subvencionan mediante la presente Orden.

3.– Para las entidades que realicen actividades del apartado 3 del artículo 6.

El importe de las subvenciones alcanzará hasta el 80% del coste de los gastos que resulten subvencionables. En el cómputo de estos se consideran:

● Los de contratación de ponentes hasta un máximo de 70 euros por hora.

● Los gastos de promoción de la actividad a realizar.

● Los de edición o documentación soporte de la actividad.

● Cualquier otro de naturaleza corriente, directamente imputable a la realización de la actividad, excluidos los gastos de personal de la entidad solicitante.

● El total de gastos subvencionables por actividad no superará los 1.700 euros (700 euros de ponencia y 1.000 euros para el resto de gastos).

● Se establece una subvención máxima a conceder de 5.000 euros para todas las actividades objeto de solicitud anual de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Podrán solicitar las ayudas previstas en la presente Orden para subvenciones a la Norma UNE 175001 y Comercio Excelente:

A) Las organizaciones tractoras que tengan entre sus objetivos la promoción de la calidad y la excelencia comercial y tengan un alto grado de representatividad sectorial, de modo que garanticen un alto poder de convocatoria y liderazgo.

Se consideran organizaciones tractoras, a los efectos de esta Orden:

1.– Las Organizaciones Empresariales de comerciantes que desarrollen su actividad en los tres Territorios Históricos de la Comunidad del País Vasco y cuenten con los medios adecuados para desempeñar esta tarea.

2.– Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y, en su caso, de Navegación, de los tres Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

B) Las organizaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que tengan como objetivo la promoción de la calidad y la excelencia empresarial y una experiencia acumulada, en el desarrollo de planes de calidad, de al menos 10 años.

2.– Podrán solicitar las ayudas previstas en la presente Orden para la realización de actividades divulgativas de innovación y competitividad comercial:

A) Las asociaciones y agrupaciones de comerciantes o asociaciones mixtas de la CAPV y las federaciones o las agrupaciones de las mismas, siempre y cuando estén inscritas en el Censo de Asociaciones de Comerciantes regulado en el Decreto 148/1997, de 17 de junio.

B) Las Cámaras de Comercio de los tres Territorios Históricos de la CAPV.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Para las organizaciones tractoras enunciadas en los puntos 1) y 2) del párrafo 1 apartado A del artículo 5.º, los proyectos de implantación y primera certificación de la Norma UNE 175.001, de Calidad de Servicio para el Pequeño Comercio, y el desarrollo de los Programas de Comercio Excelente: nivel intermedio, Q bronce, recogidos en el marco de referencia para el avance hacia la excelencia en el comercio.

2.– A las fundaciones de promoción de la calidad y Excelencia, se financiarán las actividades siguientes:

a) Las tareas de coordinación de las actuaciones desarrolladas por las organizaciones tractoras beneficiarias.

b) El establecimiento de pautas y criterios homogéneos para el desarrollo de las acciones de implantación y formación.

c) El análisis y validación de los materiales, documentos y modelos utilizados por los agentes implicados.

d) El análisis y validación de los contenidos de programas formativos orientados a apoyar y promocionar la implantación de Sistemas de Gestión de la Calidad y la excelencia en comercios radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

e) El seguimiento y validación de las acciones de formación e implantación por parte de las organizaciones tractoras, así como de los procedimientos que ello conlleva. Asimismo, la revisión y adecuación, en su caso, del sistema aprobado y las acciones desarrolladas por las organizaciones tractoras.

f) La homologación de los tutores, que podrán ser objeto de contratación por las empresas tractoras para realizar el seguimiento íntegro del comercio, dentro del programa comercio excelente.

g) La homologación de los formadores, que podrán ser objeto de contratación por las empresas tractoras para la impartición de los programas formativos.

h) Desarrollo y actualización permanente del Marco de Referencia para Comercio Excelente y su difusión.

i) El diseño, gestión, coordinación y realización de evaluaciones externas para la consecución de los reconocimientos «La Excelencia es nuestro Objetivo» y Q Bronce de Comercio.

j) El diseño, gestión, coordinación y formación del Club de Evaluadores de Comercio (Club Comex).

3.– Las actividades de divulgación y fomento de la innovación comercial.

Requisitos:

No podrán concurrir a las ayudas reguladas en la presente Orden aquellas entidades que se hallen sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni las que estén incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/08/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 155
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
Boletín: 30/03/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 66
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 18/08/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 154
Documento: Modificación Descargar Documento