Ayudas destinadas al alumnado que curse estudios universitarios, en el curso académico 2016/17, en las universidades del Sistema universitario de Galicia, que por causas sobrevenidas e imprevistas tenga dificultades económicas para continuar estudios.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S03773/17

Norma:

ORDEN de 15 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Anterior a la publicación de esta orden: 1 mes; Posterior a la publicación de esta orden: 31/07/2017

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia no competitiva ayudas destinadas al alumnado del Sistema universitario de Galicia con una necesidad urgente de recursos económicos motivada por causas sobrevenidas e imprevistas ocurridas durante el actual curso académico que les impidan o dificulten la continuidad de sus estudios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Umbrales de renta - Cuantía de la ayuda
Hasta 3.600 € - 2.500 €
De 3.601 € a 4.100 - € 2.000 €
De 4.101 € a 4.600 - € 1.500 €
De 4.601 € al importe de la pensión no contributiva individual que establezca la Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2017 - 1.250 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

El alumnado que curse estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica, en el curso académico 2016/17, en las universidades del Sistema universitario de Galicia que por causas sobrevenidas e imprevistas tenga dificultades económicas para continuar estudios.

Requisitos:

a) Necesidad urgente de recursos económicos para paliar la situación de emergencia derivada de una causa sobrevenida e imprevista (orfandad absoluta; situación de desempleo, fallecimiento, impago acreditado por denuncia o sentencia de pensiones alimenticias en los casos de separación o divorcio, enfermedad grave, reconocimiento de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo de alguno de los sustentadores principales de la unidad familiar; víctimas de violencia de género; víctimas de actos terroristas y otras circunstancias no recogidas que, siendo debidamente acreditadas, repercutan en la situación socioeconómica familiar).

b) Que la situación sobrevenida e imprevista aconteciera durante el actual curso académico 2016/17. Se entenderá por curso académico el comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 y el 30 de junio de 2017.

c) Estar matriculado, en el curso académico 2016/17, como mínimo en 50 créditos, en estudios universitarios presenciales conducentes a una titulación de grado, licenciatura, diplomatura, ingeniería, arquitectura, ingeniería técnica o arquitectura técnica, en cualquiera de las universidades del Sistema universitario de Galicia, excepto el alumnado al que le reste un número inferior de créditos para finalizar sus estudios que deberá estar matriculado como mínimo de 30 créditos.

d) Que la renta per cápita de la unidad familiar no sea superior al importe anual de la pensión no contributiva individual que establezca la ley de presupuestos generales del estado para el año 2017.

e) No haber percibido esta ayuda con anterioridad.

Documentos asociados

Boletín: 26/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 18
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento